Resoluciones. MPCEIP-CGAF-2023-0050-R Transfiérense varios bienes a favor del GAD del cantón Vinces

Número de Boletín320
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Martes 30 de mayo de 2023Registro Ocial 320
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Resolución Nro. MPCEIP-CGAF-2023-0050-R
Quito, D.M., 05 de mayo de 2023
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la norma fundamental, dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio
de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la norma ibidem, señala: “La administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 3 del Código Orgánico Administrativo, manifiesta: Principio de
eficacia. Las actuaciones administrativas se realizan en función del cumplimiento de los
fines previstos para cada órgano o entidad pública, en el ámbito de sus competencias.”;
Que, el artículo 7 del Código Orgánico Administrativo, determina: La función
administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución objetiva de funciones,
privilegia la delegación de la repartición de funciones entre los órganos de una misma
administración pública, para descongestionar y acercar las administraciones a las
personas.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559 de 14 de noviembre de 2018, publicado en el
Registro Oficial Suplemento No. 387 del 13 de diciembre de 2018, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, dispuso la fusión por absorción al Ministerio
de Comercio Exterior e Inversiones, del Ministerio de Industrias y Productividad, del
Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras y del Ministerio de
Acuacultura y Pesca y, determina que una vez concluido éste proceso, se modifique la
denominación a “Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”;
Que, el Reglamento General Sustitutivo para la Administración, Utilización, Manejo y
Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público, en su artículo 77 señala: “Actos de
transferencia de dominio de los bienes.- Entre las entidades u organismos señalados en
el artículo 1 del presente Reglamento o éstas con instituciones del sector privado que
realicen labor social u obras de beneficencia sin fines de lucro se podrá efectuar,
principalmente, los siguientes actos de transferencia de dominio de bienes: remate,
compraventa, trasferencia gratuita, donación, permuta y chatarrización..”;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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