Acuerdos. MPCEIP-DMPCEIP-2019-0038 Declárese el Polo de Desarrollo Productivo solicitado por el Parque Industrial, Acopio y Distribución Yaguachi, bajo la denominación “Polo de Desarrollo Logístico e Industrial PIADY’’, localizado en el Km 11.5 de la vía Durán - Yaguachi, Sector Nuevo Rancho, cantón Yaguachi, provincia del Guayas, con el fi n de fomentar la activación de las compañías del PIADY

Número de Boletín500
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Lunes 3 de junio de 2019 – 9Registro Of‌i cial Nº 500
Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2019-0038
Sr. Mgs. Pablo José Campana Sáenz
MINISTRO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Considerando:
del Ecuador, dispone: “Las Instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que le sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones
para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución”;
Que, el número 2 del artículo 276 de la Carta Magna,
señala: “El régimen de desarrollo tendrá los siguientes
objetivos: (...) 2. Construir un sistema económico,
justo, democrático, productivo, solidario y sostenible
basado en la distribución igualitaria de los beneficios
del desarrollo, de los medios de producción y en la
generación de trabajo digno y estable”;
Que, el artículo 284 de la norma Ibídem establece los
objetivos de la política económica, entre los que se incluye
el incentivar la producción nacional, productividad
y competitividad sistémicas, la acumulación del
conocimiento científico y tecnológico, la inserción
estratégica en la economía mundial y las actividades
productivas complementarias en la integración regional;
Que, en Registro Oficial Suplemento N” 309 de 21
de agosto de 2018, se publicó la Ley Orgánica para
el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones,
Generación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal;
Que, la Ley Reformatoria al Código de la Producción
y Ley de Solidaridad, publicada en el Registro Oficial
Suplemento N° 433 de 21 de febrero de 2019, reforma
Inversiones, agregando a su Libro Segundo, artículos
innumerados que determina la definición, alcance y
constitución de los Polos de Desarrollo, así como los
incentivos de los que podrán beneficiarse los operadores
económicos;
e Inversiones, en el primer· artículo innumerado
posterior al artículo 52, define a un Polo de Desarrollo
como el “espacio territorialmente zonificado con
vocación y potencialidad para el desarrollo productivo,
capaz de atraer inversión y generar reinversión
nacional y/o extranjera en bienes, servicios, facilidades
e infraestructura que genere un adecuado clima de
negocios para impulsar el desarrollo sostenible, empleo
de calidad y productividad, comercio, competitividad
y desarrollo económico local, contribuyendo a la
reducción de las asimetrías productivas y competitivas y
al acceso a nuevos mercados”
Que, el tercer artículo innumerado posterior al artículo
52 del Código Ibídem, determina como responsable de la
autorización, regulación y control del establecimiento de
Polos de Desarrollo al órgano rector de la producción;
Que, la Disposición General Octava del Decreto Ejecutivo
Nro. 252 de 22 de diciembre de 2018, establece: “Las
atribuciones establecidas en el Código Orgánico de la
a la Mero, Pequeña y A1edicma Empresa, y demás
relacionadas con el ámbito productivo que le correspondían
al Consejo Sectorial de la Producción serán asumidas por
el .Ministerio de Industrias y Productividad’;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 18 180 de 26 de
octubre de 2018, se expide la Guía para la Declaratoria de
los Polos de Desarrollo Productivo (PDP), la cual en su
artículo 12, establece: “Los proyectos que cumplen con los
requisitos establecidos, serán declarados como Polos de
Desarrollo Productivo, a través de Acuerdo Ministerial,
emitido por la máxima autoridad, previo informe técnico
del área técnica responsable”;
Que, mediante Of‌i cio Nro. 0001071 de 27 de marzo de
2019, el señor Luis Neme Macchiavelio, Presidente del
Parque Industrial Acopio y Distribución PIADY,
solicita al Ministerio de Producción, Comercio
Exterior, Inversiones y Pesca, “se analice la pertinencia
de la declaratoria de Polo de Desarrollo del PIADY en
Yaguachi”;
Que, mediante informe signado con el Nro. DCT-
PDP-2019-003 de 23 de abril de 2019, aprobado por el
Director de Competitividad Industrial de la Subsecretaría
de Competitividad Industrial y Territorial del Ministerio
de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca,
recomienda En virtud de que los requisitos establecidos
en la Guía para aprobación de Polos de Desarrollo
Productivo y sus lineamientos, se recomienda la
aprobación del proyecto presentado por la Parque
Industrial, Acopio y Distribución PIADY, ya que el
proyecto “fomentará la actividad económica de más de
80 empresas que forman parte de PIADY, generando
sinergias y encadenamientos productivos, para ello cuenta
con: Convenios con Cámara de Industrias de Guayaquil,
que brinda asesoramiento para contratos de inversión con
el Estado Ecuatoriano”; y,
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 636 de 11 de enero
de 2019, se designa al señor Pablo José Campana Sáenz
como Ministerio de Producción, Comercio Exterior,
Inversiones y Pesca.
En ejercicio de las atribuciones conferidas mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 252 expedido el 22 de diciembre de
2017 y Decreto Ejecutivo Nro. 636 de 11 de enero de 2019:
Acuerda:
Artículo 1.- DECLARAR el Polo de Desarrollo
Productivo solicitado por el Parque Industrial, Acopio
la
s comp
egistro
2018,
Productivo, Atracción de
mpleo y Estabilidad y Eq
atoria al Có
public
stémicas, l
ífico y tecnológ
economía mundial
plementarias en la i
o Oficial Suplemento N”
, se publicó la Ley
uctivo, Atracción de Inversi
y Estabilidad y Equilibrio Fisc
dl
ico
al y
a integrac
Oficial Suplemento N
se publicó la
nómica
ducción
sisté
ntífi
a e
pl
ro Oficial Suplemento N” 30
18, se publicó la Ley Orgánic
ctivo, Atracción de Inve
lid
ació
ins
activid
n reg
n del
erción
ad
l
so
Ext
d
giona
de 21
;
Q
Yag
Que
a d
guac
dec
”;
Inve
rat
l Mi
rsione
l A
nister
Nem
cop
Nro.
me Ma
i
. 00010
ch
7
rev
a
es,
de C
de
DP-20
ctor
media
19-00
nte in
de Polo
d
esca,
ode
y
de Prod
se
pe
statal
des que
Tendrá
plimient
io de los derechos recon
l artículo 2
desa
Const
“Las Instituc
dencias, las servi
rsonas que actúen
ejercerán solamen
le sean atribuid
án el deber de coordin
nto de sus fines y h
de los derechos reconocidos e
lC
do
n en
ente las c
uidas en la C
el deber de coord
o de sus fines
e la Co
e:
“L
nden
pers
ej
e
rán el deber de coordinar
ento de sus fines y hacer efec
los derechos reconocido
sta
o serv
rtud de
mpete
o, sus
idores
ca
Q
Nro
atri
tencia
titución
cciones
s
a
a
relac
oduc
la Me
cio
ción
ro
de
ones
C
ció
e 22 de
stabl
n Gen
e dic
era
gano r
a
ontrol
ector
como
del es
d
posteri
resp
el
la
Que
ons
Minist
ada
ejo Se
sterio
P
as con e
ector
queña
l á
idas
cio e
y
mbre
en el
I
ctav
de 20
C
pac
poten
e atrae
o extra
tura q
mpulsar el desarrollo soste
oductividad, comercio,
nómico local,
etrías produ
cados
de la
el primer·
o 52, define a un
cio territorialment
cialidad para el de
er inversión y
anjera en bienes, servicios
que genere un adec
ulsar el desarrollo sostenible, em
ividad, comercio, competitivid
local, contribuyendo a
Po
nte z
desarroll
y generar
jera en bienes, servici
e genere un
nico de
el
lo 5
acio
nc
e
ranjera en bienes, servicios, fa
que genere un adecuado cli
sar el desarrollo sostenible,
nu
e Des
ficado
produ
erado
rrollo
io
e
Qu
uctiv
versión
idades
,
I
de
como
nver
m
201
M
med
, se
diante
d
atori
D
amie
ano”;
nto
y
mara d
o para
te
s produc
de I
de
PI
ctivo
onómic
IAD
e
eo
Dec
201
ejerc
eto
nes
ii
sterio
y Pesc
na
de
a
eto Ejec
al señ
P
ecutivo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR