Acuerdos. MPCEIP-DMPCEIP-2019-0077 Subróguense las funciones de Ministro, Nelson Roberto Guim Bastidas, Viceministro de Producción e Industrias

Número de Boletín50
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Lunes 30 de septiembre de 2019 – 5Registro O cial Nº 50
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 193 de 23 de
octubre de 2017, se expide el Reglamento que rige para las
organizaciones sociales y demás ciudadanas y ciudadanos
que, en uso del derecho a la libertad de asociación y
reunión, participan voluntariamente en las diversas
manifestaciones y formas de organización de la sociedad;
para las entidades u organismos competentes del Estado que
otorgan personalidad jurídica a las organizaciones que lo
soliciten en el ámbito de su gestión; para las organizaciones
no gubernamentales (ONG) extranjeras que realizan
actividades en el Ecuador; y, para quienes requieran de
información o promuevan la participación y organización
social;
Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. DM-2018-042 de
23 de marzo de 2018, el Ministerio de Cultura y Patrimonio
aprobó el estatuto y otorgó personalidad jurídica a la
“Fundación Labrando Caminos”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 811 de 27 de junio
de 2019, se designa a Juan Fernando Velasco Torres como
Ministro de Cultura y Patrimonio;
Que en Asamblea General celebrada el 13 de julio de
2019, los miembros de la “Fundación Labrando Caminos”,
resolvieron reformar el estatuto de la organización social,
de acuerdo al proceso establecido en su norma estatutaria;
Que mediante O cio Nro. FLC-19-0004-P ingresado en
esta Cartera de Estado con trámite Nro. MCYP-DGA-
2019-1715-EXT de 29 de julio de 2019, el(la) señor(a)
María Antonia Aguinda Dávalos, solicitó la aprobación de
reforma al estatuto de la “Fundación Labrando Caminos”;
Que mediante Memorando Nro. MCYP-CGJ-19-0797-M
de 20 de agosto de 2019, la Coordinadora General
Jurídica emite el informe motivado, que da cuenta del
cumplimiento de los requisitos exigidos en el ordenamiento
jurídico vigente, recomendando a la máxima autoridad
del Ministerio de Cultura y Patrimonio, la expedición del
Acuerdo Ministerial para la aprobación de la reforma al
estatuto de la “Fundación Labrando Caminos”;
Que de conformidad al Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional del Ministerio de Cultura y Patrimonio, al
Ministro le corresponde suscribir los actos administrativos
que se requieran para el cumplimiento de los objetivos
institucionales en el marco de su competencia;
En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y
reglamentarias.
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar la reforma al estatuto de la “Fundación
Labrando Caminos”, resuelta por la Asamblea General
celebrada el 13 de julio de 2019. La codi cación del estatuto
de la organización social en mención, deberá incorporarse
al expediente de la organización social, a cargo de la
Coordinación General Jurídica.
Art. 2.- Disponer a la organización social descrita en
el artículo 1, el cumplimiento irrestricto de su estatuto,
del “Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad
Jurídica a las Organizaciones Sociales”; y, en general, de
las disposiciones legales aplicables y directrices emitidas
por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
La organización social estará sujeta a los controles de
funcionamiento, de utilización de recursos públicos, de
orden tributario, aduanero, y otros, determinados en las
leyes especí cas sobre la materia, a cargo de las entidades
competentes. De igual manera, estará sujeta al seguimiento
de la consecución de su objeto social, a cargo del Ministerio
de Cultura y Patrimonio.
Para la solución de los con ictos y controversias internas,
los miembros de la organización social buscarán en primer
lugar, el diálogo como medio de solución conforme a sus
normas estatutarias. De persistir las discrepancias, podrán
optar por métodos alternativos de solución de con ictos;
o, a través del ejercicio de las acciones que el ordenamiento
jurídico les faculte ante la justicia ordinaria, sin perjuicio
del ejercicio de las competencias de control que ostenta esta
Cartera de Estado.
Art. 3.- Encargar la ejecución del presente instrumento
legal a la Coordinación General Jurídica.
Art. 4.- Este Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro O cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 20 de agosto
de 2019.
f.) Juan Fernando Velasco Torres, Ministro de Cultura y
Patrimonio.
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.-
Fiel copia del original.- f.) Ilegible, Documentación y
Archivo.
Nro.
MPCEIP-DMPCEIP-2019-0077
Sr. Iván Fernando Ontaneda
Berrú
MINISTRO DE
PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES
Y
PESCA
Considerando:
Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la
República, señala que: "A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión
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