Acuerdo MPCEIP-DMPCEIP-2020-0103 Refórmese el Acuerdo Ministerial No. MPCEIP-DMPCEIP-2020-0090, publicado en el Registro Oficial No. 323 de 05 de noviembre de 2020

Fecha de publicación22 Diciembre 2020
Número de Gaceta355
Martes 22 de diciembre de 2020 – 3Registro Ocial 355 Suplemento
ACUERDO Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2020-0103
IVÁN FERNANDO ONTANEDA BERRÚ
MINISTRO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, el número 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, señala:
“A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la le,
les corresponde: Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión ()";
Que, el número 2 y 5 del artículo 277 de la Norma Suprema, disponen: “Para la
consecución del buen vivir, serán deberes generales del Estado: ()2. Dirigir, planificar
y regular el proceso de desarrollo. () 5. Impulsar el desarrollo de las actividades
económicas mediante un orden jurídico e instituciones políticas que las promuevan,
fomenten y defiendan mediante el cumplimiento de la Constitución y la ley ()”;
Que, el número 2 del artículo 278 de la Carta Magna, determina: “Para la consecución
del buen vivir, a las personas y a las colectividades, y sus diversas formas organizativas,
les corresponde: () 2. Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con
responsabilidad social y ambiental”;
Que, el artículo 1 de la Ley de Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos,
dispone: “Esta Ley tiene por objeto disponer la optimización de trámites administrativos,
regular su simplificación y reducir sus costos de gestión, con el fin de facilitar la relación
entre las y los administrados y la Administración Pública y entre las entidades que la
componen; así como, garantizar el derecho de las personas a contar con una
Administración Pública eficiente, eficaz, transparente y de calidad”;
Que, el literal a) del artículo 4 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 351 de 29 de diciembre de
2010, señala: “La presente legislación tiene, como principales, los siguientes fines: a.
Transformar la Matriz Productiva, para que esta sea de mayor valor agregado,
potenciadora de servicios, basada en el conocimiento y la innovación; así como
ambientalmente sostenible y ecoeficiente ()”;
Que, el Plan Nacional para el Buen Vivir 2017-2021, aprobado mediante Resolución No.
CNP-002-2017, contempla entre sus objetivos impulsar la productividad y competitividad
para el crecimiento económico sustentable de manera redistributiva y solidaria;
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 372, publicado en el Registro Oficial Suplemento
No. 234 de 4 de mayo de 2018, señala: “Se declara como política de Estado la mejora
regulatoria y la simplificación administrativa y de trámites a fin de asegurar una
adecuada gestión gubernamental, mejorar la calidad de vida de la población, fomentar
la competitividad y el emprendimiento, propender a la eficiencia en la economía y
garantizar la seguridad jurídica”;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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