Acuerdos. MPCEIP-MPCEIP-2023-0006-A Encárguese al Magíster Juan Carlos Yépez Franco, como Consejero Comercial de la Oficina Comercial del Ecuador en Países Bajos

Número de Boletín270
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Jueves 16 de marzo de 2023Registro Ocial - Suplemento Nº 270
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ACUERDO Nro. MPCEIP-MPCEIP-2023-0006-A
SR. MGS. JULIO JOSÉ PRADO LUCIO PAREDES
MINISTRO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir
los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, el artículo 226 de la norma fundamental, dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio
de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la norma ibidem, señala: “La administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 7 del Código Orgánico Administrativo (COA) dispone: “Principio de
desconcentración. La función administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución
objetiva de funciones, privilegia la delegación de la repartición de funciones entre los
órganos de una misma administración pública, para descongestionar y acercar las
administraciones a las personas”;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva establece: “Los ministros de Estado son competentes para el despacho de todos
los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del
Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales
()”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 776 de 16 de mayo de 2011 publicado en el
Registro Oficial Nro. 459 de 31 de mayo de 2011, se expidió el Reglamento General para
la Organización y Funcionamiento del Instituto de Promoción de Exportaciones e
Inversiones Extranjeras PRO ECUADOR, cuyo artículo 1, establece que: "El Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, PRO ECUADOR, es una entidad
de derecho público, de gestión desconcentrada, con independencia técnica,
administrativa y financiera, adscrita con su red de oficinas comerciales al Ministerio de
Comercio Exterior, con sede en la ciudad de Guayaquil y competencia a nivel nacional";
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559 de 14 de noviembre de 2018, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, dispuso la fusión por absorción al Ministerio
de Comercio Exterior e Inversiones, del Ministerio de Industrias y Productividad, del
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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