Resoluciones. MPCEIP-SC-2019-0217-R Otórguese la designación al laboratorio de la Empresa Pública de Obras, Bienes y Servicios Santa Elena EP

Número de Boletín60
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
18 – Martes 15 de octubre de 2019 Registro O cial Nº 60
Base Legal: Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Ministerio de Defensa Nacional, con
respecto a las atribuciones del Director/a de Secretaría
General en el Art. 9 numeral 3.2.6 de Gestión de Secretaría
General literal d).
Observación: La Dirección de Secretaría General del
Ministerio de Defensa Nacional, no se responsabiliza por
la autenticidad, validez o licitud de la documentación
presentada para la certi cación por parte de la Unidad
Administrativa que la custodia, así como tampoco por el
uso fraudulento que se pueda hacer de los documentos
certi cados.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
No. MPCEIP-SC-2019-0217-R
Quito, 17 de septiembre de 2019.
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, en su
artículo 52 establece que “las personas tienen derecho
a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a
elegirlos con libertad, así como a una información precisa
y no engañosa sobre su contenido y características”;
Que la Designación de Organismos de Evaluación de la
Conformidad es atribución del Ministerio de Industrias
y Productividad, de acuerdo con la Ley 76 del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, reformada por el Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,
COPCI, publicado en el Suplemento del Registro O cial
No. 351 de 29 de diciembre de 2010;
Que el artículo 12 de la Ley del Sistema Ecuatoriano
de la Calidad, sustituido por el Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones, COPCI, dispone que
para la ejecución de las políticas que dictamine el Comité
Interministerial de la Calidad, el Ministerio de Industrias
y Productividad tendrá entre otras, la siguiente atribución:
“e) Designar temporalmente laboratorios, organismos
evaluadores de la conformidad u otros órganos necesarios
para temas especí cos, siempre y cuando éstos no existan
en el país. Los organismos designados no podrán dar
servicios como entes acreditados en temas diferentes a la
designación”;
Que el artículo 25 del Reglamento a la Ley del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, vigente mediante Decreto
756, publicado en el Suplemento del Registro O cial No.
450 de 17 de mayo de 2011, establece que el Ministro de
Industrias y Productividad en base al informe presentado
por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano –OAE-
resolverá conceder o negar la Designación; y, dispone
que transcurridos los dos años, el OEC podrá solicitar
la Renovación de Designación por una vez, siempre y
cuando se evidencie el mantenimiento de las condiciones
iniciales de Designación mediante un informe anual de
evaluación de seguimiento realizado por el OAE, y se
hubiere iniciado un proceso de acreditación ante el OAE
para el alcance en cuestión;
Que en el artículo 27 del Reglamento a la Ley del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad se establecen las obligaciones
que los Organismos Evaluadores de la Conformidad
designados deben cumplir;
Que el Decreto Ejecutivo N° 559 del 14 de noviembre
de 2018, publicado en el Registro O cial Suplemento N°
387 del 13 diciembre de 2018, en su artículo 1 decreta
“Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio
Exterior e Inversiones las siguientes instituciones: el
Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras,
y el Ministerio de Acuacultura y Pesca”; su artículo 2
dispone “Una vez concluido el proceso de fusión por
absorción, modifíquese la denominación del Ministerio
de Comercio Exterior e Inversiones a Ministerio de
Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”.
Que en la normativa Ibídem en su artículo 3 se dispone
Una vez concluido el proceso de fusión por absorción,
todas las competencias, atribuciones, funciones,
representaciones, y delegaciones constantes en leyes,
decretos, reglamentos, y demás normativa vigente, que le
correspondían al Ministerio de Industrias y Productividad,
al Instituto de Promoción de Exportaciones, e Inversiones
Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y Pesca, serán
asumidas por el Ministerio de Producción, Comercio
Exterior, Inversiones y Pesca”.
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 11 446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro O cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de conceder o negar la Designación al organismo
de evaluación de la conformidad solicitante.
VISTOS
1. Mediante o cio Nro. MIPRO-DECC-2017-0528-OF de
06 de marzo de 2017, el Mgs. Jaime Oswaldo Naranjo,
Director de Evaluación y Control de la Calidad, solicitó a
la Eco. Johana Zapata Maldonado, Directora Ejecutiva del
SAE, en referencia a la solicitud para obtener Designación
como laboratorio de ensayos para EMPRESA PÚBLICA
DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS SANTA ELENA
EP, se disponga la veri cación de la existencia de OECs
acreditados en el país o en proceso de acreditación, para
los alcances solicitados.
2. Mediante o cio Nro. MIPRO-DECC-2017-1863-OF de
04 de agosto de 2017, el l Mgs. Jaime Oswaldo Naranjo,
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