Resoluciones. MPCEIP-SC-2019-0270-R Otórguese la renovación de la designación al laboratorio de la Compañía UMCO S.A

Número de Boletín102
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
24 – Martes 17 de diciembre de 2019 Registro O cial Nº 102
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559 del 14 de
noviembre de 2018, publicado en el Registro O cial
Suplemento No. 387 del 13 de diciembre de 2018, en su
artículo 1 se decreta “Fusiónese por absorción al Ministerio
de Comercio Exterior e Inversiones las siguientes
instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad,
el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones
Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y Pesca”; y
en su artículo 2 dispone “Una vez concluido el proceso
de fusión por absorción, modifíquese la denominación del
Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones a Ministerio
de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”;
Que, en la normativa Ibídem en su artículo 3 dispone “Una
vez concluido el proceso de fusión por absorción, todas las
competencias, atribuciones, funciones, representaciones, y
delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos,
y demás normativa vigente, que le correspondían al
Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de
Promoción de Exportaciones, e Inversiones Extranjeras, y
el Ministerio de Acuacultura y Pesca, serán asumidas por el
Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y
Pesca”;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Gestión Estratégica de la Calidad, de la Subsecretaría
de Calidad; contenido en la Matriz de Revisión No. PEQ-
0038 de fecha 10 de septiembre de 2019, se procedió a
la aprobación técnica, y se recomendó continuar con los
trámites de o cialización de la Tercera edición de la Guía de
Práctica Ecuatoriana GPE INEN-ISO 30 MATERIALES
DE REFERENCIA - TÉRMINOS Y DEFINICIONES
SELECCIONADOS (Guía ISO 30:2015, IDT);
Que, de conformidad con el último inciso del Artículo
8 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem en donde establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en
el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y o cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Tercera edición de la Guía de Práctica
Ecuatoriana GPE INEN-ISO 30 MATERIALES DE
REFERENCIA - TÉRMINOS Y DEFINICIONES
SELECCIONADOS (Guía ISO 30:2015, IDT), mediante
su publicación en el Registro O cial, a n de que exista
un justo equilibrio de intereses entre proveedores y
consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro O cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y o cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN en el ámbito de
su competencia de conformidad con lo previsto en la Ley
del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su reglamento
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley.
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y o cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Tercera edición de la Guía de
Práctica Ecuatoriana GPE INEN-ISO 30 (Materiales
de referencia - Términos y de niciones seleccionados
(Guía ISO 30:2015, IDT)), que recomienda los términos
y de niciones que deberían ser usados en relación con
los materiales de referencia, con particular énfasis en
los términos que son usados en las hojas de información
del material de referencia, certi cados e informes de
certi cación correspondientes.
ARTÍCULO 2.- Esta Guía de Práctica Ecuatoriana
GPE INEN-ISO 30:2019, reemplaza a la GPE INEN-
ISO 30:2014 y entrará en vigencia desde la fecha de su
publicación en el Registro O cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro O cial.
08 de noviembre de 2019.
Documento rmado electrónicamente.
Ing. Hugo Manuel Quintana Jedermann, Subsecretario de
Calidad.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA.- CERTIFICO.-
Es el copia del original que reposa en el quipux.- Firma:
Ilegible.- Fecha: 2 de diciembre de 2019.
Nro. MPCEIP-SC-2019-0270-R
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
LA SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, en su
artículo 52 establece que “las personas tienen derecho
a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a
elegirlos con libertad, así como a una información precisa
y no engañosa sobre su contenido y características”;
Que la Designación de Organismos de Evaluación de la
Conformidad es atribución del Ministerio de Industrias
y Productividad, de acuerdo con la Ley 76 del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, reformada por el Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,
COPCI, publicado en el Suplemento del Registro O cial
No. 351 de 29 de diciembre de 2010;
Que el artículo 12 de la Ley del Sistema Ecuatoriano
de la Calidad, sustituido por el Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones, COPCI, dispone que
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