Resoluciones. MPCEIP-SC-2019-0289-R Otórguese la designación, al Laboratorio del Centro de Transferencia Tecnológica para la Capacitación e Investigación en Control de Emisiones Vehiculares CCICEV

Número de Boletín121
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
32 – Miércoles 15 de enero de 2020 Registro O cial Nº 121
Que es necesario designar a los miembros de la Comisión
Gestora de la Universidad de Investigación de Tecnología
Experimental Yachay, de conformidad a lo dispuesto en la
Ley Orgánica de Educación Superior y el Reglamento de
Creación, Intervención y Suspensión de Universidades y
Escuelas Politécnicas.
En ejercicio de las atribuciones que le con ere el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Ecuador, el artículo 182 de la Ley Orgánica de Educación
Superior, y el Decreto Ejecutivo No. 555, de fecha 08 de
noviembre de 2018:
Acuerda:
Artículo 1.- Designar como miembro de la Comisión
Gestora de la Universidad de Investigación de Tecnología
Experimental Yachay, a la siguiente persona:
En calidad de miembro interno:
1. Frank Alexis.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De la ejecución del presente Acuerdo
encárguese a la Subsecretaría General de Educación
Superior y a la Subsecretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
Segunda.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo al Consejo de Educación Superior, al Consejo de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, a la
Universidad de Investigación de Tecnología Experimental
Yachay y a las Subsecretarías Generales de esta Cartera de
Estado, para los nes pertinentes.
Tercera.- Encárguese a la Coordinación General de
Asesoría Jurídica de esta Secretaría de Estado, la
respectiva noti cación del presente Acuerdo.
Cuarta.- El presente Acuerdo entrará en vigencia desde
su fecha de expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro O cial.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, DM, a los
diecinueve (19) días del mes de noviembre de 2019.
Notifíquese y publíquese.-
f.) Agustín Guillermo Albán Maldonado, Secretario de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SENESCYT.- ASESORÍA JURÍDICA.- 11 de diciembre
de 2019.- f.) Ilegible.- Fiel copia del original que reposa en
el archivo de esta Dirección.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Nro. MPCEIP-SC-2019-0289-R
Quito, 05 de diciembre de 2019
LA SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, en su
artículo 52 establece que “las personas tienen derecho
a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a
elegirlos con libertad, así como a una información precisa
y no engañosa sobre su contenido y características”;
Que la Designación de Organismos de Evaluación de la
Conformidad es atribución del Ministerio de Industrias
y Productividad, de acuerdo con la Ley 76 del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, reformada por el Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,
COPCI, publicado en el Suplemento del Registro O cial
No. 351 de 29 de diciembre de 2010;
Que el artículo 12 de la Ley del Sistema Ecuatoriano
de la Calidad, sustituido por el Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones, COPCI, dispone que
para la ejecución de las políticas que dictamine el Comité
Interministerial de la Calidad, el Ministerio de Industrias
y Productividad tendrá entre otras, la siguiente atribución:
“e) Designar temporalmente laboratorios, organismos
evaluadores de la conformidad u otros órganos necesarios
para temas especí cos, siempre y cuando éstos no existan
en el país. Los organismos designados no podrán dar
servicios como entes acreditados en temas diferentes a la
designación”;
Que el artículo 25 del Reglamento a la Ley del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, vigente mediante Decreto
756, publicado en el Suplemento del Registro O cial No.
450 de 17 de mayo de 2011, establece que el Ministro de
Industrias y Productividad en base al informe presentado
por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano –OAE-
resolverá conceder o negar la Designación; y, dispone
que transcurridos los dos años, el OEC podrá solicitar
la Renovación de Designación por una vez, siempre y
cuando se evidencie el mantenimiento de las condiciones
iniciales de Designación mediante un informe anual de
evaluación de seguimiento realizado por el OAE, y se
hubiere iniciado un proceso de acreditación ante el OAE
para el alcance en cuestión;
Que en el artículo 27 del Reglamento a la Ley del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad se establecen las obligaciones
que los Organismos Evaluadores de la Conformidad
designados deben cumplir;
Que el Decreto Ejecutivo N° 559 del 14 de noviembre
de 2018, publicado en el Registro O cial Suplemento N°
387 del 13 diciembre de 2018, en su artículo 1 decreta
“Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio
Exterior e Inversiones las siguientes instituciones: el

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