Resoluciones. MPCEIP-SC-2020-0096-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la primera edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 657-1 (Perfiles de acero laminados en caliente - parte 1: ángulos de lados iguales – dimensiones (ISO 657-1:1989; IDT))

Número de Boletín170
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCIÓN COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Jueves 26 de marzo de 2020 – 43Registro O cial Nº 170
o cialización de la Primera edición de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN-ISO 3776-1 TRACTORES Y
MAQUINARIA AGRÍCOLA - CINTURONES DE
SEGURIDAD, PARTE 1: REQUISITOS PARA LA
UBICACIÓN DE ANCLAJES (ISO 3776-1:2006,
IDT);
Que, de conformidad con el último inciso del Artículo
8 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem en donde establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en el
ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y o cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Primera edición de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN-ISO 3776-1 TRACTORES Y
MAQUINARIA AGRÍCOLA - CINTURONES DE
SEGURIDAD, PARTE 1: REQUISITOS PARA LA
UBICACIÓN DE ANCLAJES (ISO 3776-1:2006,IDT),
mediante su publicación en el Registro O cial, a n de que
exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y
consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro O cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y o cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN en el ámbito de
su competencia de conformidad con lo previsto en la Ley
del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su reglamento
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley.
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y o cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Primera edición de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 3776-1 (Tractores
y maquinaria agrícola - Cinturones de seguridad, parte
1: Requisitos para la ubicación de anclajes (ISO 3776-
1:2006, IDT)), que especi ca la ubicación, la posición
relativa y las dimensiones de los ori cios roscados
de los anclajes de los conjuntos de los cinturones de
retención pélvica (asiento) destinado a ser utilizados por
los operadores de tractores agrícolas y de maquinaria
autopropulsada.
ARTÍCULO 2.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN-ISO 3776-1:2020 (Primera edición), entrará en
vigencia desde la fecha de su publicación en el Registro
O cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro O cial.
21 de febrero de 2020.
Documento rmado electrónicamente
Ing. Hugo Manuel Quintana Jedermann, Subsecretario de
Calidad.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN COMERCIO EX-
TERIOR, INVERSIONES Y PESCA.- CERTIFICA.-
ES FIEL COPIA DEL ORIGINAL QUE REPOSA EN
SECRETARÍA GENERAL.- 04 de marzo de 2020.- f.)
Ilegible.
No. MPCEIP-SC-2020-0096-R
Quito, 21 de febrero de 2020
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
de la Constitución de la República del Ecuador, “Las
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
ambiente, la protección del consumidor contra prácticas
engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas;
y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y
el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado
en el Suplemento del Registro O cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro O cial No. 499 del 26 de julio de 2011, el
tratamiento para las normas y documentos que no son de
autoría del INEN están sujetos a un costo establecido por el
Organismo de Normalización Internacional;
Que, la Organización Internacional de Normalización,
ISO, en el año 1989, publicó la Primera edición de la
Norma Internacional ISO 657-1:1989 HOT-ROLLED
STEEL SECTIONS - PART 1: EQUAL-LEG ANGLES
- DIMENSIONS;
Que, el Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN,
entidad competente en materia de Reglamentación,
Normalización y Metrología, ha adoptado la Norma

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