Resoluciones. MPCEIP-SC-2020-0206-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la primera edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 16900-7 Dispositivos de protección respiratoria - Métodos y equipos de ensayo - parte 7: Métodos de ensayo prácticos de desempeño (ISO 16900-7:2015, IDT))

Número de Boletín988
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Jueves 10 de septiembre de 2020 – 37Registro Ocial – Edición Especial Nº 988
Resolución Nro. MPCEIP-SC-2020-0206-R
Quito, 24 de julio de 2020
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la
República del Ecuador, “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de
óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no
engañosa sobre su contenido y características”;
Que, el artículo 226 de la Constitución establece que las Instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar las acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución;
Que, el Protocolo de Adhesión de la República del Ecuador al Acuerdo por el que se
establece la Organización Mundial del Comercio, OMC, se publicó en el Suplemento del
Registro Oficial No. 853 del 2 de enero de 1996;
Que, el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio, AOTC de la OMC, en su Anexo 1
establece los términos y su definición a los efectos del Acuerdo OTC, dentro del cual
establece el término Norma como: “Documento aprobado por una institución
reconocida, que prevé, para un uso común y repetido, reglas, directrices o
características para los productos o los procesos y métodos de producción conexos, y
cuya observancia no es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de
terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto,
proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas.”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad establece: “el Sistema Ecuatoriano de
la Calidad, tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: i) Regular los
principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos
internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos
ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana,
animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor
contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover
e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la
sociedad ecuatoriana.”;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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