MPCEIP-SC-2020-0288-R Apruébese y oficialícese con el carácter de Obligatorio la Primera Revisión del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 063 (1R)

Fecha de publicación08 Octubre 2020
Número de Gaceta1140
Jueves 8 de octubre de 2020 – 11Registro Ocial – Edición Especial Nº 1140
Resolución Nro. MPCEIP-SC-2020-0288-R
Quito, 24 de septiembre de 2020
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
VISTOS:
1. El Oficio Nro. INEN-INEN-2020-0279-OF de 12 de marzo de 2020, mediante el
cual el INEN remitió el alcance al oficio Nro. INEN-INEN-2020-0126-OF, de fecha
30 de enero de 2020, con la información solicitada por el Ministerio de Economía y
Finanzas - MEF para el dictamen favorable sobre el retiro del certificado de
reconocimiento INEN 1 como documento de soporte al control previo de la
declaración aduanera de 16 reglamentos técnicos ecuatorianos RTE INEN del
sector alimentos, considerando que estos productos ya son controlados por la
Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria ARCSA.”
2. El Memorando No. MEF-SP-2020-00105, de 09 de abril de 2020, donde la
Subsecretaría de Presupuesto del MEF, emite su informe técnico realizando el
análisis dentro del ámbito de su competencia, y concluyendo lo siguiente: “Con base
a los aspectos técnicos analizados, esta Subsecretaría emite el informe técnico
correspondiente y recomienda continuar con el trámite de dictamen conforme lo
estipulado en el artículo 74 numeral 15 del COPLAFIP.”
3. El Oficio Nro. MEF-VGF-2020-0267-O, mediante el cual el Viceministro de
Finanzas del MEF, manifiesta: “En virtud de los análisis técnico y jurídico descritos
anteriormente, esta Cartera de Estado, con base en la facultad conferida en el
artículo 74 numeral 15, del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
emite dictamen favorable al proyecto de Resolución que tiene como objeto retirar al
Certificado de Reconocimiento INEN como documento de soporte a la declaración
aduanera a las subpartidas arancelarias de los productos establecidos en los RTE
INEN de los reglamentos técnicos ecuatorianos INEN, según el detalle que se anexa
al proyecto de resolución.”
4. El Oficio Nro. INEN-INEN-2020-0640-OF de 27 de julio de 2020 mediante el cual
el INEN, indica: “() una vez que se ha cumplido con la normativa legal vigente y
las actividades propuestas en la hoja de ruta por parte del INEN, se remite la
propuesta del reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 063 (1R) “Caldos,
consomés, sopas y cremas”, con la finalidad de que la Subsecretaría de Calidad del
MPCEIP continúe con los trámites correspondientes para su oficialización.”
5. El Oficio Nro. INEN-INEN-2020-1006-OF de 09 de septiembre de 2020, mediante el
cual el INEN manifiesta que: “Con la finalidad de que la Subsecretaria de Calidad
del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP)
continúe con el trámite correspondiente de oficialización de los RTE INEN
detallados en la tabla 1, el Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN), remite el
Oficio No. MEF-VGF-2020-0267-O, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF),
mediante el cual se emite el dictamen correspondiente.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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