Resoluciones. MPCEIP-SC-2020-0382-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la Enmienda 1 de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 3137, Herrajes y Accesorios para Redes y Líneas Aéreas de Distribución de Energía Eléctrica, Bastidores, Requisitos

Número de Boletín363
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Martes 5 de enero de 2021 Registro Ocial Nº 363
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Resolución Nro. MPCEIP-SC-2020-0382-R
Quito, 09 de diciembre de 2020
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del
Ecuador, “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y
a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su
contenido y características”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad establece: el Sistema Ecuatoriano de la
Calidad, tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: i) regular los
principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos
internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal,
la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor contra prácticas engañosas
y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la
calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana.”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 388, publicado en el Suplemento del Registro
Oficial No. 263 del 9 de junio de 2014 establece: "Sustitúyase las denominaciones del
Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio Ecuatoriano de Normalización. ()";
Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 11256 del 15 de julio de
2011, publicado en el Registro Oficial No. 499 del 26 de julio de 2011, el tratamiento de las
normas y documentos que no son de autoría del INEN está sujeto a un costo establecido por el
Organismo de Normalización Internacional;
Que, el Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN, de acuerdo a las funciones
determinadas en el literal b) del artículo 15, de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad,
que manifiesta: “b) Formular, en sus áreas de competencia, luego de los análisis técnicos
respectivos, las propuestas de normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación
de la conformidad, los planes de trabajo, así como las propuestas de las normas y
procedimientos metrológicos;()”, ha formulado la Enmienda 1 de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN 3137 “HERRAJES Y ACCESORIOS PARA REDES Y LÍNEAS
AÉREAS DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. BASTIDORES.
REQUISITOS”, y mediante Oficio N. INEN-INEN-2020-1234-OF de 09 de noviembre de
2020, solicita a la Subsecretaria de Calidad, proceda con los trámites pertinentes para su
oficialización;
Que, la elaboración de la mencionada Norma Técnica Ecuatoriana ha seguido el trámite
regular de conformidad al Instructivo Interno del INEN para la elaboración y aprobación de
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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