Resoluciones. MPCEIP-SC-2021-0210-R Deróguese en su totalidad el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 082 (1R) “Salsas y aderezos” vigente, contenido en la Resolución No. 2020-0402 del 28 de diciembre de 2020, publicada en el Registro Oficial Segundo Suplemento No. 372 del 18 de enero de 2021

Número de Boletín625
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Martes 25 de enero de 2022Registro Ocial - Suplemento Nº 625
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Resolución Nro. MPCEIP-SC-2021-0210-R
Quito, 30 de diciembre de 2021
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
VISTO:
1. El Oficio Nro. INEN-INEN-2021-0507-OF de 27 de julio de 2021, mediante el cual el
INEN solicita “() la posición de la ARCSA, sobre la Derogación de los 26 RTE INEN,
considerando que tienen duplicidad de control”.
2. El Oficio Nro. ARCSA-ARCSA-2021-0776-O de 29 de julio de 2021, mediante el cual
la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria ARCSA señala al
INEN que “en reunión mantenida entre el INEN y la ARCSA, el 22 de julio de 2021 (acta
adjunta), me permito indicar que una vez revisada la documentación, se ha identificado
duplicidad regulatoria y de control en 26 productos que al necesitar Registro Sanitario,
también eran sujetos a control de los 26 reglamentos técnicos INEN. Luego del análisis
realizado, la ARCSA coincide en el criterio de la derogación de estos documentos y, de
esta forma dar cumplimiento a los dispuesto en el Decreto Ejecutivo 68 art. 3 y art. 5
respectivamente.”
3. El Oficio Nro. INEN-INEN-2021-0668-OF de 20 de agosto de 2021, mediante el cual
el Servicio Ecuatoriano de Normalización INEN señala al MPCEIP que “El Servicio
Ecuatoriano de Normalización (INEN) ha procedido a realizar el análisis técnico sobre
el contenido de los 16 Reglamentos Técnicos Ecuatorianos del sector alimentos vigentes,
cuya justificación técnica se describe en el Informe Técnico Nro. DRE-2021-047 de
2021-07-26, e informa “que mediante Oficio Nro. INEN-INEN-2021-0612-OF de
2021-08-16, el INEN ha solicitado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la
emisión del dictamen favorable para la derogación del reglamento técnico antes
indicado. Una vez que el MEF emita el dictamen correspondiente, éste será remitido a la
Subsecretaría de Calidad para el trámite pertinente”.
4. El Informe Técnico Nro. DRE-2021-47 de 26 de julio de 2021, a través del cual el
Servicio Ecuatoriano de Normalización INEN señala: “En la Tabla 1 del presente
informe, se detallan los 16 RTE INEN del sector alimentos que el INEN recomienda su
derogación, para lo cual ha considerado lo siguiente: Nueve (9) reglamentos técnicos, no
son controlados en Ventanilla Única INEN, por tanto su derogación no afectará a la
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux
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Quito, 30 de diciembre de 2021
recaudación del INEN por no generar ingreso a través de la VUE –INEN; y Siete (7)
reglamentos técnicos son controlados en Ventanilla Única INEN, los cuales cuentan con
un dictamen favorable previamente obtenido del Ministerio de Economía y Finanzas para
el retiro del Certificado INEN como documento electrónico de soporte a la declaración
aduanera, ya que su afectación presupuestaria ha sido analizada, aprobada y ratificada
por la institución pertinente.”
5. El Informe Técnico Ibídem de 26 de julio de 2021, mediante el cual el Servicio
Ecuatoriano de Normalización INEN señala un análisis comparativo de actividades
ejecutadas por la ARCSA e INEN:
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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