MPCEIP-SC-2021-0219-R Deróguese en su totalidad el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 182 “Frutas y Vegetales en Conserva” vigente, contenido en la Resolución No. 14 437 del 24 de septiembre de 2014, publicada en el Registro Oficial - Suplemento No. 352 del 13 de octubre del 2014

Fecha de publicación07 Febrero 2022
Número de Gaceta634
Lunes 7 de febrero de 2022Registro Ocial - Suplemento Nº 634
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Resolución Nro. MPCEIP-SC-2021-0219-R
Quito, 30 de diciembre de 2021
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
De mi consideración:
VISTOS:
1. El Oficio Nro. INEN-INEN-2021-0507-OF de 27 de julio de 2021, mediante el cual el INEN solicita “() la
posición de la ARCSA, sobre la Derogación de los 26 RTE INEN, considerando que tienen duplicidad de
control”
2. El Oficio Nro. ARCSA-ARCSA-2021-0776-O de 29 de julio de 2021, mediante el cual la Agencia Nacional
de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria ARCSA, señala al INEN que “en reunión mantenida entre el
INEN y la ARCSA, el 22 de julio de 2021 (acta adjunta), me permito indicar que una vez revisada la
documentación, se ha identificado duplicidad regulatoria y de control en 26 productos que al necesitar Registro
Sanitario, también eran sujetos a control de los 26 reglamentos técnicos INEN. Luego del análisis realizado, la
ARCSA coincide en el criterio de la derogación de estos documentos y, de esta forma dar cumplimiento a los
dispuesto en el Decreto Ejecutivo 68 art. 3 y art. 5 respectivamente.”
3. El Oficio Nro. INEN-INEN-2021-0667-OF de 20 de agosto de 2021, mediante el cual el Servicio
Ecuatoriano de Normalización INEN señala al MPCEIP que “El Servicio Ecuatoriano de Normalización
(INEN) ha procedido a realizar el análisis técnico sobre el contenido de los Reglamentos Técnicos
Ecuatorianos INEN 058, RTE INEN 106, RTE INEN 182, RTE INEN 183 y RTE INEN 184 vigentes, cuya
justificación técnica se describe en el Informe Técnico Nro. DRE-2021-048 del 2021-07-26 (), e informa
“() que mediante Oficio Nro. INEN-INEN-2021-0612-OF de 2021-08-16, el INEN ha solicitado al Ministerio
de Economía y Finanzas (MEF) la emisión del dictamen favorable para la derogación del reglamento técnico
antes indicado. Una vez que el MEF emita el dictamen correspondiente, éste será remitido a la Subsecretaría
de Calidad para el trámite pertinente”.
4. El Informe Técnico Nro. DRE-2021-048 de 26 de julio de 2021, a través del cual el Servicio Ecuatoriano de
Normalización INEN, concluye: “() En el marco del cumplimiento del artículo 3 y 5 del Decreto Ejecutivo
No. 068, se debe derogar los Reglamentos Técnicos INEN del sector alimentos, considerando que existe una
duplicidad de control de los alimentos procesados, generando una duplicidad de procedimientos administrativos.
- La derogación de los Reglamentos Técnicos INEN vigentes del sector alimentos que son objeto del presente
informe, no afectará a la recaudación del INEN por no generar ingreso a través de la VUE–INEN, considerando
que no son controlados a través de VUE-INEN. recomienda: “Sobre la base del análisis y sus conclusiones,
considerando que existe una duplicidad de control de los alimentos procesados antes indicados, generando una
duplicidad de procedimientos administrativos, se recomienda la derogación de () RTE INEN 182 “Frutas y
vegetales en conserva” () vigentes.”
5. El Informe Técnico Ibídem de 26 de julio de 2021, mediante el cual el Servicio Ecuatoriano de
Normalización INEN realiza un análisis comparativo de actividades ejecutadas por la ARCSA e INEN:
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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