Resolución MPCEIP-SC-2022-0235-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la Enmienda 1 de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2070 (2R) (Productos derivados de petróleo. Jet A-1. Requisitos)

Fecha de publicación12 Octubre 2022
Número de Gaceta167
MateriaDerecho Público y Administrativo
Miércoles 12 de octubre de 2022Registro Ocial Nº 167
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Resolución Nro. MPCEIP-SC-2022-0235-R
Quito, 15 de septiembre de 2022
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
VISTOS:
1. El Oficio Nro. PETRO-PGG-2022-0516-O de 01 de abril de 2022, mediante el cual el Gerente
General de la EP PETROECUADOR señala que “() con el objeto de solventar eficazmente el
cierre de la auditoría realizada por la IATA (IFQP) a las operaciones de la empresa Allied
Aviation”, por lo que solicita “() se realice la actualización mediante Enmienda a la norma
técnica NTE INEN 2070 (2R) “Productos derivados de petróleo. Jet A-1. Requisitos”, a través del
proceso de trámite acelerado () modificación de la Tabla 1 (Requisitos fisicoquímicos Jet A-1),
de acuerdo a la norma ASTM D1655-21c”.
2. El Acta de Comité Técnico de Normalización “Petróleo y productos derivados de petróleo,
combustibles y lubricantes de fuentes naturales o sintéticas" de 09 de mayo de 2022, mediante el
cual el INEN indica que “() con la finalidad de conocer si los cambios establecidos en el
proyecto de Enmienda 1 de la NTE INEN 2070 afectarán los procesos internos de las instituciones
públicas y entes reguladores del sector hidrocarburífero relacionados con esta normativa: MEM,
ARCERNNR, EP PETROECUADOR, MPCEIP, INEN-Dirección de Reglamentación, el 29 de abril
de 2022 se realizó una reunión de trabajo con los representantes de las instituciones descritas”,
donde “() se incluyó en el capítulo 2 Referencias normativas y en la Tabla 1, los métodos de
ensayo para determinar el punto de inflamación y el contenido de naftaleno; se añadió una nota al
pie de la Tabla 1 que relaciona los métodos de ensayo para la determinación del punto de
inflamación y se actualizó el año de vigencia de la ASTM D1655; y, se revisó la vigencia de los
documentos descritos en la bibliografía de la NTE INEN 2070:2019 (2R)”.
3. El Memorando Nro. INEN-DRE-2022-0114-ME de 16 de mayo de 2022, mediante el cual el
Director de Reglamentación se dirige a la Dirección de Normalización del INEN e indica que “()
la oficialización de la norma no genera ninguna afectación en el documento RTE INEN 028 (1R),
por cuanto, este reglamento establece el cumplimiento de la norma “NTE INEN 2070, vigente”; y
además señala que “() la competencia del Servicio Ecuatoriano de Normalización es formular
RTE, y son las autoridades de control y vigilancia quienes aplican los reglamentos”.
4. El Informe de Oficialización Nro. 053 de 26 de mayo de 2022, mediante el cual la Dirección de
Normalización del INEN señala que “() con respecto al RTE INEN 028 “Combustibles”, la
Dirección Técnica de Reglamentación del INEN señaló que no se presentan afectaciones al
reglamento al realizar la Enmienda 1 de la NTE INEN 2070”, por lo que “() la Enmienda 1 de la
NTE INEN 2070:2019 (2R), Productos derivados de petróleo. Jet A-1. Requisitos debe continuar
con el proceso de oficialización”.
5. El Oficio No. INEN-INEN-2022-0487-OF de 02 de junio de 2022, mediante el cual el INEN
envía al Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca - MPCEIP, “() para
su aprobación y trámite de oficialización la Enmienda 1 de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN 2070 (2R) “Productos derivados de petróleo. Jet A-1. Requisitos”.
6. El Oficio Nro. MPCEIP-SC-2022-1353-O de 04 de julio de 2022, mediante el cual el MPCEIP
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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