Resolución MPCEIP-SC-2023-0019-R Acéptese el cambio de razón social de Laboratorio del Centro de Transferencia Tecnológica para la Capacitación e Investigación en Control de Emisiones Vehiculares CCICEV por Laboratorio Institucional de Análisis de Vehículos y Movilidad Sostenible (LIAVMS) de la Unidad de Gestión de Investigación y Proyección Social

Fecha de publicación27 Abril 2023
Número de Gaceta299
Jueves 27 de abril de 2023 Registro Ocial Nº 299
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Resolución Nro. MPCEIP-SC-2023-0019-R
Quito, 12 de abril de 2023
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
LA SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 52 establece que “las personas tienen derecho
a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información
precisa y no engañosa sobre su contenido y características”;
Que la Designación de Organismos de Evaluación de la Conformidad es atribución del Ministerio de Industrias
y Productividad, de acuerdo con la Ley 76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, reformada por el Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, COPCI, publicado en el Suplemento del Registro Oficial
No. 351 de 29 de diciembre de 2010;
Que el artículo 25 del Reglamento a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, vigente mediante Decreto
756, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 450 de 17 de mayo de 2011, establece que el Ministro
de Industrias y Productividad en base al informe presentado por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano –OAE-
resolverá conceder o negar la Designación; y, dispone que transcurridos los dos años, el OEC podrá solicitar la
Renovación de Designación por una vez, siempre y cuando se evidencie el mantenimiento de las condiciones
iniciales de Designación mediante un informe anual de evaluación de seguimiento realizado por el OAE, y se
hubiere iniciado un proceso de acreditación ante el OAE para el alcance en cuestión;
Que en el artículo 27 del Reglamento a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad se establecen las
obligaciones que los Organismos Evaluadores de la Conformidad designados deben cumplir;
Que, el Centro de Transferencia Tecnológica para la Capacitación e Investigación en Control de Emisiones
Vehiculares CCICEV de la Escuela Politécnica Nacional en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones
N° RCP-2022-095, RCP-2022-096 y RCP-2022-097 tomadas en sesión de Consejo Politécnico de la Escuela
Politécnica Nacional, de 28 de abril 2022 ha cambiado de denominación así como de estructura de
funcionamiento, y actualmente es Laboratorio Institucional de Análisis de Vehículos y Movilidad Sostenible
(LIAVMS), conservando el mismo equipo técnico, sistema de gestión, ().
Que, el Laboratorio Centro de Transferencia Tecnológica para la Capacitación e Investigación en Control de
Emisiones Vehiculares CCICEV de la Escuela Politécnica Nacional con cambio de nombre Laboratorio
Institucional de Análisis de Vehículos y Movilidad Sostenible (LIAVMS) mediante Oficio
EPN-VIIV-2023-0017-O con la finalidad de que los certificados de designación por parte del MPCEIP para
ensayos en motocicletas y vehículos eléctricos, que están en ´proceso de renovación , luego de la auditoria de
rigor, se contemple el cambio de denominación indicado.
Que, el Decreto Ejecutivo N° 559 del 14 de noviembre de 2018, publicado en el Registro Oficial Suplemento
N° 387 del 13 diciembre de 2018, en su artículo 1 decreta “Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio
Exterior e Inversiones las siguientes instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y Pesca”; su artículo 2
dispone “Una vez concluido el proceso de fusión por absorción, modifíquese la denominación del Ministerio de
Comercio Exterior e Inversiones a Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”.
Que en la normativa Ibidem en su artículo 3 se dispone “Una vez concluido el proceso de fusión por absorción,
todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones, y delegaciones constantes en leyes, decretos,
reglamentos, y demás normativa vigente, que le correspondían al Ministerio de Industrias y Productividad, al
Instituto de Promoción de Exportaciones, e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y Pesca,
serán asumidas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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