MPCEIP-SRP-2019-0005-Clasifíquese a la Compañía CEPROMAR S.A., en la categoría B, para que ejerza la actividad pesquera en la fase de procesamiento y comercialización interna/externa de peces
Número de Boletín | 448 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA |
Lunes 18 de marzo de 2019 – 3Registro Ofi cial Nº 448
Que la norma ibídem, en su artículo 75 dispone: “La
Ministra (o) a cargo de las fi nanzas públicas podrá
delegar por escrito las facultades que estime conveniente
hacerlo (…)”;
Que el artículo 82 del Código Orgánico Administrativo,
publicado en el Suplemento del Registro Ofi cial No. 31 de
07 de julio de 2017, vigente desde el 07 de julio de 2018,
dispone: “Las competencias de un órgano administrativo
pueden ser ejercidas por el jerárquico inferior en caso de
ausencia del jerárquico superior (…)”;
Que el artículo 72 numeral 2 del Código Orgánico
Administrativo, establece: “No pueden ser objeto de
delegación (…) 2. Las competencias que, a su vez se
ejerzan por delegación, salvo autorización expresa del
órgano titular de la competencia (…).”
Que el artículo 361 del Código Orgánico Monetario y
Financiero, establece que: “Las entidades del sector
fi nanciero público se crearán mediante decreto ejecutivo,
en el que al menos se expresará la denominación, objeto,
capital autorizado, suscrito y pagado, patrimonio,
administración, duración y domicilio”;
Que el segundo inciso del artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva
dispone: “Los Ministros de Estado, dentro de la esfera
de su competencia, podrán delegar sus atribuciones
y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus
respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión
de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no
afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y
obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos
tenga el funcionario delgado”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 677 de 30 de
diciembre de 2015, publicado en el Suplemento del
Registro Ofi cial No. 512 de 1 de junio de 2017, se creó el
banco público denominado BANECUADOR B.P como una
entidad fi nanciera que forma parte del Sector Financiero
Público, con personalidad jurídica propia y jurisdicción
nacional, con patrimonio autónomo, autonomía técnica,
administrativa, fi nanciera y presupuestaria;
Que con Decreto Ejecutivo No. 7 de 24 de mayo de
2017, en los numerales 1, 2, 3 4 y 5 del artículo 7, el
Decreto Ejecutivo No. 677 referido en el considerando
anterior, modifi ca la conformación del Directorio de
BANECUADOR B.P. incorporando entre otros miembros
al Ministro de Economía y Finanzas o su delegado
permanente;
En ejercicio de las atribuciones que le confi eren los artículos
154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del
Código Orgánico de Planifi cación y Finanzas Públicas, y
69 del Código Orgánico Administrativo.
Acuerda:
Art. 1.- Nombrar como delegado permanente del
Ministerio de Economía y Finanzas, ante el Directorio de
BANECUADOR B.P., al economista, Santiago Alejandro
Caviedes Guzmán, Viceministro de Economía.
Art. 2.- El delegado queda facultado para suscribir todos
los documentos, participar en las diligencias, intervenir,
votar, tomar las decisiones que crea pertinentes,
siempre en benefi cio de los intereses del Estado, para el
cabal cumplimiento de esta delegación, respondiendo
directamente de los actos realizados en ejercicio de la
misma.
Art. 3.- Derogar todo acto administrativo de igual o menor
jerarquía que se oponga a la presente delegación.
Disposición única.- El presente Acuerdo Ministerial
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Ofi cial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 28 Jan
2019.
f.) Econ. Richard Martínez Alvarado, Ministro de
Economía y Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.-
Certifi co fi el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certifi cación y Documentación.- Fecha:
21 de febrero de 2019.- f.) Director de Certifi cación y
Documentación, Ministerio de Economía y Finanzas.- 3
fojas.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Nro. MPCEIP-SRP-2019-0005-A
Sr. Ing. Jorge Manuel Costain Chang
SUBSECRETARIO DE RECURSOS PESQUEROS
Considerando:
Que, mediante documento presentado a esta dependencia
con Nro. MAP-CGAF-2018-20971-E de fecha 27 de
noviembre de 2018 por la Abogada Adelina Barahona G.,
el cual solicita “ Con todo lo expuesto, solicito a usted
se sirva modifi car el Acuerdo Ministerial otorgado a mi
representada, con la fi nalidad de que se incluya, en la fase
de procesamiento y comercialización interna y externa,
las especies que por grupos específi cos procesa dentro
de la denominada pesca blanca, los cuales describiré a
continuación ”, por cambio de razón social, informo lo
siguiente:
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