Acuerdos. MPCEIP-SRP-2021-0153-A Autorícese la actividad pesquera mediante la modalidad del buceo con compresor o hooka, usando fusil submarino (arpón) para la captura de peces y vara hawaiana con gancho para la captura de pulpos y langostas

Número de Boletín497
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 497
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Lunes 19 de julio de 2021
ACUERDO Nro. MPCEIP-SRP-2021-0153-A
SR. MGS. EDWIN XAVIER CASTRO BRIONES
SUBSECRETARIO DE RECURSOS PESQUEROS, ENCARGADO
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República en su artículo 11, determina; “EI ejercicio de los
derechos se regirá por los siguientes principios: 1. Los derechos se podrán ejercer, promover
y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes; estas autoridades
garantizarán su cumplimiento. 2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos
derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar
de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural";
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 14, determina; “Se reconoce
el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que
garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsaySe declara de interés público la
preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la
recuperación de los espacios naturales degradados”.;
Que, la Carta Magna en su artículo 33, establece; "El trabajo es un derecho y un deber social,
y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado
garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa,
remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente
escogido o aceptado.";
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 85 determina; “La
formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que
garanticen derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las
siguientes disposiciones; 1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios
públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a
partir del principio de solidaridad”;
Que, la Norma antes citada en su artículo 226, determina; "Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en
virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en
la Constitución.";
establece que el régimen de desarrollo debe cumplir diferentes objetivos, entre ellos el de
construir un sistema económico justo, democrático, productivo, solidario y sostenible basado
en la distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo, de los medios de producción y en
la generación de trabajo digno y estable;
Que, la Norma Ibidem en su artículo 280, establece: “EI Plan Nacional de Desarrollo es el
instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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