Acuerdos. MPCEIP-SRP-2022-0285-A Asígnese la cuota de jurel trachurus murphyi de la cuota asignada al Ecuador por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur para el ejercicio de la actividad pesquera en el área de la convención, a la Empresa TRANSMARINA C.A., por un periodo de 20 años.

Número de Boletín232
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Miércoles 18 de enero de 2023 Registro Ocial Nº 232
8
ACUERDO Nro. MPCEIP-SRP-2022-0285-A
SR. ABG. ALEJANDRO JOSÉ MOYA DELGADO
SUBSECRETARIO DE RECURSOS PESQUEROS
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 154 determina; A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir
los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 226 establece “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce
y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la
Constitución. En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos
humanos se aplicarán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos, de
aplicación directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución.”;
orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los
tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las
normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las
ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los
poderes públicos ”;
Que, la República del Ecuador se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas sobre
el Derecho del Mar CONVEMAR el 22 de mayo de 2012, adhesión que fue aprobada por
la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial Suplemento 715 de 1 de junio
de 2012. Posteriormente se ratificó bajo aprobación de la Asamblea Nacional,
mediante Decreto Ejecutivo No. 1238, publicado en Registro Oficial 759 del 2 de agosto
de 2012;
Que, la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (South Pacific
Regional Fisheries Management Organisation SPRFMO por sus siglas en inglés) es una
Organización Intergubernamental comprometida con la conservación a largo plazo y el
uso sostenible de los recursos pesqueros de la alta mar del Océano Pacífico Sur,
salvaguardando los ecosistemas marinos en los que se encuentran los recursos jurel y
calamar gigante;
Que, la República del Ecuador ratificó la “Convención para la Conservación y
Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur” mediante
1/7
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR