MTOP-SPTM-2019-0003-R Apruébese el Procedimiento del Dragado de Canal de Acceso al Puerto de Guayaquil
Fecha de publicación | 26 Febrero 2019 |
Número de Gaceta | 436 |
Martes 26 de febrero de 2019 – 35Registro Ofi cial Nº 436
AGRÉGUESE en el Artículo 10: “Si un Práctico ha
pasado más de un año sin haber ejercido sus funciones y
desea ejercer nuevamente su actividad, deberá cumplir los
siguientes requisitos:
1. Carta del Operador Portuario habilitado para prestar
el servicio de practicaje con el respectivo permiso
de operación, a través del cual prestará el servicio,
solicitando se autorice realizar el reentrenamiento
a bordo en la misma jurisdicción, supervisado por
el Práctico a cargo de la maniobra y certifi cado por
la Entidad Portuaria (EP) respectiva en las hojas
de registro correspondientes bajo las siguientes
condiciones:
• Realizar 10 entradas y 10 salidas de las cuales el 50%
serán nocturnas.
• Realizar 10 maniobras de atraque y 10 maniobras de
desatraque, o cualquier otra maniobra requerida en la
jurisdicción portuaria respectiva.
• Las hojas de registro del entrenamiento deberán ser
remitidas a la SPTMF por el práctico examinador
designado por la ACP, para la emisión del respectivo
Certifi cado del Título de Competencia de Práctico en
área determinada.
1. Certifi cado médico (Tráfi co Internacional), vigente.
2. Curso de actualización y recalifi cación de prácticos,
vigente.
Art. 4.- Derogar la Disposición Transitoria Primera:
“Todos los Prácticos, deberán realizar el Curso Modelo
OMI 6.09 para Instructores dictado en la ESMENA”, de
la Resolución Nro. MTOP-SPTM-2014-0122-R del 01 de
julio de 2014.
Art. 5.- AGRÉGUESE al fi nal del Artículo 21: “… Los
prácticos prestarán los servicios de practicaje en la OPB
a la que pertenecen; el cambio de los prácticos a otra
OPB deberá estar debidamente registrado en la Autoridad
Portuaria en la que prestan sus servicios y esta debe
reportar oportunamente a la ACP.”
Art. 6.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Ofi cial.
Dada y fi rmada en la ciudad de Guayaquil en el despacho
del señor Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo
y Fluvial, a los dieciocho días del mes de enero del dos
mil diecinueve.
Documento fi rmado electrónicamente
Mgs. David Andrés Mejía Sarmiento, Subsecretario de
Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial.
CERTIFICO: Que la copia que antecede es conforme
a su original. Lo Certifi co.- Guayaquil, 18 de enero de
2019.- f.) Ab. Carola Rivera Dolberg, Secretaria Ad-Hoc,
Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
No. MTOP-SPTM-2019-0003-R
Guayaquil, 21 de enero de 2019.
LA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y
TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
Consideración:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en
su Artículo 82 establece que el derecho a la seguridad
jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en
la existencia de normas jurídicas previas, previa, claras,
públicas y aplicadas por las autoridades competentes;
Que, el Artículo 227 ibídem, dispone que la Administración
Pública constituye un servicio a la colectividad, que se
rige por los principios de efi cacia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planifi cación, transparencia y evaluación;
Que, la Constitución de la República en su artículo
394 garantiza la libertad de transporte terrestre, aéreo,
marítimo y fl uvial dentro del territorio nacional, sin
privilegios de ninguna naturaleza. La promoción del
transporte público masivo y la adopción de una política
de tarifas diferenciadas de transporte serán prioritarias. El
Estado regulara el transporte terrestre, aéreo, acuático y
las actividades aeroportuarias y portuarias;
Que, de conformidad con lo previsto en el Art. 1 del Decreto
Ejecutivo Nro. 723 de 9 de julio de 2015, publicado en el
Registro Ofi cial número 561 del 7 de agosto de 2015, el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas a través de la
Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial,
tendrán a su cargo la rectoría, planifi cación, regulación y
control técnico del sistema de transporte marítimo, fl uvial
y de puertos; y en el Art. 2 señala que en su calidad de
Autoridad Portuaria Nacional y del Transporte Acuático,
tendrá las siguientes competencias, atribuciones y
delegaciones: 1. Todas las relacionadas con el transporte
marítimo y la actividad portuaria nacional, constantes en
leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos (…);
Que, con fecha 2 de diciembre de 2016 se suscribió el
“CONVENIO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
QUE CELEBRAN EL MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS Y EL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
rogar l
cticos, deb
nstructores dictado en la
MTOP-SPTM
áfi co In
lización y recalifi c
a Disposición Transitoria P
os, deberán realizar el Curso M
ctores dictado en la ESMENA”
SPTM-2014-0122-R del 01
caci
n Transitoria P
(Tráfi
ualiz
la Disposición Transitoria Prim
, deberán realizar el Curso M
di t d
de práct
ticos
pú
Q
a:
d
Pú
rige
esc
e, el
ública
po
l Ar
con
p
culo
n
plicada
nta
ormas
as por
a en
s ju
e que
n el re
Repú
el de
blica
elo
Que
39
rticip
l
centr
ación
tu
os prin
ación,
e un
cipio
ibídem
serv
s aut
disp
cas
utoridad
d Po
gistro
iones:
0 entrada
nas.
obras de atraq
uier otr
e reali
sma jurisdicc
argo de la maniobr
ortuaria (EP) respe
correspondientes
as y 10 salidas
rad
que y 10 maniob
ra
pectiva
bajo la
co
és del cu
orice
mism
carg
Por
c
adas y 10 salidas de las cuales
rvisa
rtifi cado
n las h
o por
o por
to
o
uient
s
s
y Tran
ua
a Dolbe
nsport
yaqu
rg, Se
tecede
l, 18
0%
M
INIS
ada en
Subsecr
a los d
ve.
ado electrónicamente
Mejía Sarm
arítim
ció
n perjuic
n la ciudad de Guaya
etario de Puertos y
ieciocho días del mes de e
lectrónicamente
yaquil e
s y Transpor
s del mes de e
esolución
n, sin p
en
re
dieciocho días del mes de ener
it
el desp
en
Su
tend
pach
ar
del dos
o
o
te
y d
Auto
end
trol
de pu
id
l téc
rto
a su
ico
ra
a de Pu
argo
me
nsport
uertos
ero
e y
de jul
561 d
previsto
lio de
el
en el
2
ari
leye
legac
ítimo
las
iones:
y
Portua
sigu
n el
ia Na
istema
Art.
Tran
oría, p
de tr
ras
ansporte
an
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba