Resoluciones. MTOP-SPTM-2019-0054-R Actualícese la Matriz de Seguridad para el Ingreso de Naves que utilizan la Perimetral Marítima (Boca Rosario, Estero Salado, Tres Bocas)

Número de Boletín534
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
32 – Viernes 19 de julio de 2019 Registro O cial Nº 534
15. Mantener permanentemente informado al Presidente y
al Directorio de la marcha administrativa-económica
de la Asociación.”
Art. 2.- Disponer que la Asociación de Terminales
Portuarios Privados del Ecuador, cumpla sus nes y
actividades con sujeción al Estatuto Reformado mediante
la presente Resolución.
Art. 3.- La veracidad sobre la autenticidad de los
documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad
de los peticionarios o representantes de la Asociación.
En todo caso, de comprobarse falsedad u oposición
legalmente fundamentada, la Subsecretaría se reserva
el derecho de dejar sin efecto esta Resolución y de ser
necesario, iniciar las acciones legales correspondientes.
Art. 4.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro O cial.
Dado y rmado en la ciudad de Guayaquil, a los treinta y
un días del mes de mayo de dos mil diecinueve.
Documento rmado electrónicamente
Ing. Ximena del Rocio Salvador Medina, Subsecretaria de
Puertos y Transporte Maritimo y Fluvial, Subrogante.
CERTIFICO: Que la copia que antecede es conforme a su
original.- Lo Certi co.- Guayaquil, 21 de junio de 2019.- f.)
Ab. Roberto de la Cruz Buris, Secretario.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
Nro. MTOP-SPTM-2019-0054-R
LA SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y
TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL
Considerando:
Que, la Constitución de la República en su artículo 82
establece que: “El derecho a la seguridad jurídica se
fundamenta en el respeto a la Constitución y a la existencia
de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas
por las autoridades competentes”;
Que, la Constitución de la República establece en su
artículo 227 “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación”;
Que, la Constitución de la República en su artículo
394 “garantiza la libertad de transporte terrestre, aéreo,
marítimo y uvial dentro del territorio nacional, sin
privilegios de ninguna naturaleza. La promoción del
transporte público masivo y la adopción de una política
de tarifas diferenciadas de transporte serán prioritarias. El
Estado regulará el transporte terrestre, aéreo, acuático y
las actividades aeroportuarias y portuarias”;
Que, la Ley General de Puertos en su Art. 4 expresa que,
“el Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos es
el más alto Organismo de asesoramiento del Gobierno en
materia naviera y portuaria, y que entre sus atribuciones
está la de Autorizar el uso con propósitos comerciales, de
puertos o instalaciones marítimas o uviales, por parte de
personas naturales o jurídicas privadas o públicas”;
Que, el Decreto Ejecutivo 723 de fecha 09 de julio de 2015,
en el artículo 1 estipula: “El Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, a través de la Subsecretaría de Puertos
y Transporte Marítimo y Fluvial, tendrá a su cargo la
rectoría, plani cación, regulación y control técnico del
sistema de transporte marítimo, uvial y de puertos”;
Que, mediante Resolución No. 001/09 del 27 de abril del
2009, publicada en el Registro O cial 590 de 14 de mayo
de 2009, se aprobaron las “Normas para la Navegación
por la denominada Perimetral Marítima”;
Que, mediante la Resolución No. MTOP-SPTM-2015-
0069-R del 30 de junio del 2015 y publicada en el Registro
O cial 548 del 21 julio de 2015, se resolvió Actualizar la
Matriz de Seguridad para el ingreso, atraque y desatraque
de naves que ingresan por la Perimetral Marítima (Boca
Rosario, Estero Salado, Tres Bocas);
Que, el 13 de julio del 2016, mediante Resolución se
actualizó la “Matriz de Seguridad para el Ingreso, Atraque
y Desatraque De Naves” que ingresan por la Perimetral
Marítima (Boca Rosario, Estero Salado, Tres Bocas);
Que, el 19 de octubre del 2018, con Resolución MTOP-
SPTM-2018-0104-R se actualizó la “Matriz de Seguridad
para el Ingreso, Atraque y Desatraque de Naves” que
ingresan por la Perimetral Marítima (Boca Rosario, Estero
Salado, Tres Bocas);
Que, con O cio No. GG-2019-0045 del 25 de febrero
de 2019 INARPI remite el Informe de la simulación
realizada en el Centro de Entrenamiento “SIDMAR”
Panamá de naves de 336 y 366 metros de eslora, en la
cual participaron como Observadores delegados de la
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