Resoluciones. MTOP-SPTM-2023-0023-R Actualícese la Matriz de Seguridad para el Ingreso, Atraque y Desatraque de Naves que ingresan por la Perimetral Marítima (Boca Rosario, Estero Salado, Tres Bocas) para buques de hasta 250 metros de eslora total (LOA) y calado máximo de 10,5 metros, navegación las 24 horas del día”

Número de Boletín318
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 318
9
Jueves 25 de mayo de 2023
República
del Ecuador
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Dirección: Av. Del Bombero y Leopoldo Carrera, Edif. Grace, 1er. Piso.
Código postal: 090902 / Guayaquil - Ecuador
Teléfono: 593-4-2592080 - www.obraspublicas.gob.ec
Resolución Nro. MTOP-SPTM-2023-0023-R
Guayaquil, 29 de abril de 2023
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
LA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República en su artículo 82 establece que: "El derecho a la seguridad jurídica se
fundamenta en el respeto a la Constitución y a la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y
aplicadas por las autoridades competentes";
Que, la Constitución de la República establece en su artículo 227 “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que, la Constitución de la República en su artículo 394 “garantiza la libertad de transporte terrestre, aéreo,
marítimo y fluvial dentro del territorio nacional, sin privilegios de ninguna naturaleza. La promoción del
transporte público masivo y la adopción de una política de tarifas diferenciadas de transporte serán prioritarias.
El Estado regulará el transporte terrestre, aéreo, acuático y las actividades aeroportuarias y portuarias”;
Que, la Ley General de Puertos en su Art. 4 expresa que, “el Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos
es el más alto Organismo de asesoramiento del Gobierno en materia naviera y portuaria, y que entre sus
atribuciones está la de Autorizar el uso con propósitos comerciales, de puertos o instalaciones marítimas o
fluviales, por parte de personas naturales o jurídicas privadas o públicas”;
Que, el Decreto Ejecutivo 723 de fecha 09 de julio de 2015, en el artículo 1 estipula: “El Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, a través de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, tendrá a
su cargo la rectoría, planificación, regulación y control técnico del sistema de transporte marítimo, fluvial y de
puertos”;
Que, mediante Resolución No. 001/09 del 27 de abril del 2009, publicada en el Registro Oficial 590 de 14 de
mayo de 2009, se aprobaron las "Normas para la Navegación por la denominada Perimetral Marítima";
Que, mediante Resolución Nro. MTOP-SPTM-2023-0010-R, del 10 de febrero de 2023, se actualizó la Matriz
de Seguridad para el Ingreso, Atraque y Desatraque de Naves que ingresan por la Perimetral Marítima (Boca
Rosario, Estero Salado, Tres Bocas).
Anexo I: Normas Técnicas y de Seguridad para el Ingreso de Naves de Eslora Total (LOA) entre 290,01
metros hasta 370,00 metros que ingresan por la Perimetral Marítima (Boca Rosario, Estero Salado, Tres Bocas);
y,
Anexo II: Matriz de Seguridad para Naves que de acuerdo a su Eslora ingresan por la Perimetral Marítima
(Boca Rosario, Estero Salado, Tres Bocas), para permitir que las naves de hasta 370,00 metros de eslora total
(LOA) operen en el terminal de FERTIGRAN, y naves de hasta 334,07 metros de eslora total (LOA) operen en
el terminal de BANANAPUERTO S.A."
Que, con carta Ciudadano Nro. CIUDADANO-CIU-2023-8371 y Oficio No. ASOTEP DE-2023-02-019, del 24
de febrero de 2023, la Asociación de Terminales Portuarios Privados del Ecuador – ASOTEP, solicita ser
recibidos en Comisión, ante el Comité de Seguridad de Maniobras con el fin de exponer algunos ajustes, dentro
de las condiciones ya aprobadas para la navegación, en la estructura de la Matriz de Seguridad para el Ingreso,
Atraque y Desatraque de Naves que ingresan por la Perimetral Marítima (Boca Rosario, Estero Salado, Tres
Bocas) según Res. Nro. MTOP-SPTM-2023-0010-R;
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* Documento generado por Quipux

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