Muerte Presunta Del Señor Kléver Rafael Jaya Muy (2da. Publicación)

Fecha de publicación13 Octubre 2017
Número de Gaceta99
Viernes 13 de octubre de 2017 – 41Registro O cial Nº 99
EXTRACTO
A: “JOSÉ MARÍA ELÍAS VALLEJO” SE LE HACE
SABER:
JUEZA: DRA. LUISA MIRANDA CHAVEZ
ACTOR: DR. OSCAR CHÁVEZ GUEVARA
TRAMITE: ESPECIAL
MATERIA: NEGATIVA DE INSCRIPCIÓN
DE FUNCIONES
CAUSA No.- 16331-2014-2228
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PASTAZA.-
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN
PASTAZA. Pastaza, jueves 20 de octubre del 2016, las
08h02. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa
en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil de
Pastaza, mediante acción de Personal No.- 1647-DNTH-
NB de 10 de febrero del 2014.Una vez que la presente causa
ha sido remitido por el Dr. Robert Zapatta Unidad Judicial
de Familia Mujer, Niñez y Adolescencia. Tomando en
consideración la nulidad del auto de cali cación que se ha
dictado y conforme se justi ca con la documentación que se
adjunta. La demanda presentada por el anterior Procurador
Judicial DOCTOR SANTIAGO VELÍN MERINO
y considerando que dicha procuración fue revocada
y otorgada a favor de DOCTOR OSCAR CHÁVEZ
GUEVARA PROCURADOR JUDICIAL de la señora
ELSIA MARÍA VALLEJO, es clara precisa y completa, por
reunir los requisitos de Ley se admite al trámite especial
de conformidad a lo establecido en el Art. 67 del Código
Civil. Cítese con la demanda y este auto al señor JOSÉ
MARÍA ELÍAS VALLEJO, por tres veces en el Registro
O cial, en el Diario Los Andes por ser de circulación
regional así como en uno de los periódicos que se editan
y circulan en la ciudad de Quito Capital de la República
del Ecuador con un intervalo de un mes entre cada dos
citaciones, bajo prevenciones que de no comparecer
se procederá a declarar su Muerte Presunta previo el
cumplimiento de las formalidades de ley.- CUENTESE con
uno de los señores Agentes Fiscales Distritales de Pastaza
a quien se le noti cará mediante la o cina de citaciones
de esta Judicatura. La parte actora deberá presentar las
pruebas necesarias para justi car los términos de su
demanda. Agréguese al proceso la documentación que
se adjunta, tómese en cuenta la casilla judicial y correo
electrónico señalados para sus noti caciones. CÍTESE Y
NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Luisa Miranda Chávez. JUEZA
DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL
CANTÓN PASTAZA.
LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES LEGALES
PERTINENTES.
f.) Ab. Cristina Mejía, Secretaria de la Unidad Judicial Civil
con Sede en el Cantón Pastaza.
(2da. Publicación)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL
CANTÓN GUALACEO PROVINCIA DEL AZUAY
CITACIÓN JUDICIAL
A: KLEVER RAFAEL JAYA MUY se le(s) hace saber
que en el Juzgado de la Unidad Judicial Civil con Sede
en el Cantón Gualaceo Provincia del Azuay a cargo de la
Dra. Diana Catalina Toledo Verdugo, ha correspondido
la demanda y providencia en ella recaída que en extracto
dicen:
ACCIÓN: DECLARATORIA DE
MUERTE PRESUNTA
MATERIA: CIVIL
TIPO DE PROCESO: ORDINARIO
ACTOR: MUY CARCHI ROSA
VIRGINIA
DEMANDADO(S): KLEVER RAFAEL JAYA MUY
CUANTÍA: INDETERMINADA
JUICIO: 01331-2017-00172
PROVIDENCIA(S):
Juicio N° 01331-2017-00172
Gualaceo, 05 de junio de 2017, las 16h00. VISTOS:
Cumplido lo dispuesto en auto inicial, en lo principal:
La demanda que presenta ROSA VIRGINIA MUY
CARCHI, es clara, precisa y cumple con los requisitos
legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código
Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que
se califica y admite a trámite mediante procedimiento
ORDINARIO. Según lo determinado el Parágrafo
3ro. del Título Segundo del Libro Primero del Código
Civil. Cítese al desaparecido señor KLEVER RAFAEL
JAYA MUY, mediante avisos que se publicarán por tres
veces, tanto en un diario de la ciudad de Cuenca y en un
diario de circulación nacional y además en el Registro
Oficial; debiendo hacerse las publicaciones con un
intervalo de más de un mes entre cada dos citaciones,
previniéndole al citado, que de no comparecer a hacer
valer sus derechos, dentro del término correspondiente,
contando a partir de la última publicación, previo al
cumplimiento de los requisitos a que se refiere la regla
mencionada, se procederá a declarar su muerte presunta,
con los efectos legales pertinentes. Líbrese el extracto
respectivo. Cuéntese con el Fiscal de este cantón
Gualaceo, a quien se le notificará mediante uno de los
servidores de citaciones y notificaciones. Notifíquese.
F) DRA. DIANA CATALINA TOLEDO VERDUGO.
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