Resoluciones. NAC-DGERCGC17-00000042 Deléguense facultades a varios funcionarios

Número de Boletín938
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
Lunes 6 de febrero de 2017 – 45Registro O cial Nº 938 – Segundo Suplemento
No. NAC-DGERCGC17-00000042
Considerando:
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE
CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO DEL SERVICIO
DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que el artículo 227 de la Constitución de la República
del Ecuador determina que la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, plani cación, transparencia y evaluación;
Que mediante Ley No. 41, publicada en el Registro O cial
No. 206 de 02 de diciembre de 1997, se creó al Servicio
de Rentas Internas como una entidad técnica y autónoma,
con personalidad jurídica de derecho público, patrimonio y
fondos propios, jurisdicción nacional y sede principal en la
ciudad de Quito;
Que mediante numeral 1 del artículo 1 de la Resolución
No. NAC-DGERCGC14-00872, publicada en el Segundo
Suplemento del Registro O cial No. 367, de 04 de
noviembre de 2014, el Director General del Servicio de
Rentas Internas delegó algunas de sus competencias al
Subdirector General de Cumplimiento Tributario de la
entidad y autorizó al delegado para que a su vez delegue
varias de estas facultades;
Que, en tal virtud, el Subdirector General de Cumplimiento
Tributario, mediante Resoluciones Nos. NAC-
DGERCGC14-00001069, NAC-DGERCGC15-00000253,
NAC-DGERCGC15-00000457 y NAC- DGERCGC15
-00000465, publicadas en el Suplemento del Registro
O cial No. 401, Suplemento del Registro O cial No. 469
y Segundo Suplemento del Registro O cial No. 522 (las
dos últimas), de 20 de diciembre de 2014, 30 de marzo de
2015 y 15 de junio del mismo año, respectivamente, delegó
algunas de las competencias para las que fue delegado,
mismas que contaban con autorización expresa para que a
su vez sean delegadas;
Que mediante numeral 1 del artículo 1 de la Resolución
No. NAC-DGERCGC16-00000383, publicada en el
Suplemento del Registro O cial No. 838, de 12 de
septiembre de 2016, sustitutiva de la Resolución No.
NAC-DGERCGC14-00872, el Director General del
Servicio de Rentas Internas delegó al Subdirector General
de Cumplimiento Tributario de la entidad, las mismas
competencias previamente delegadas y autorizó al
Subdirector para que a su vez delegue estas competencias;
Que hasta antes de la publicación del presente acto, los
servidores delegados por el Subdirector General de
Cumplimiento Tributario mediante las Resoluciones Nos.
NAC-DGERCGC14-00001069, NAC-DGERCGC15-
00000253, NAC-DGERCGC15-00000457 y NAC-
DGERCGC 15-00000465, han seguido ejerciendo las
competencias delegadas, lo que es jurídicamente válido,
por cuanto el Subdirector General de Cumplimiento
Tributario seguía siendo competente en la materia, estaba
autorizado explícitamente para delegar estas atribuciones y
por cuanto regían las mencionadas resoluciones; y,
Que es necesario armonizar las delegaciones de esta
Subdirección General de Cumplimiento Tributario con la
referida Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000383.
En ejercicio de sus atribuciones,
Resuelve:
Artículo 1.- Delegar al Director Nacional de Control
Tributario las facultades para:
a) Disponer y emitir autos de inicio de procedimientos
administrativos sumarios y resoluciones sancionatorias
en materia tributaria;
b) Disponer y emitir órdenes y actas de determinación
tributaria conforme lo dispuesto en la Ley de Régimen
Tributario Interno y su reglamento de aplicación; y,
c) Disponer las inspecciones contables.
Artículo 2.- Delegar al Director Nacional de Recaudación y
Asistencia al Ciudadano la atribución para comunicar a las
instituciones del sistema nanciero las multas originadas
en el incumplimiento de los convenios de recaudación
celebrados con las mismas.
Artículo 3.- Delegar a las Jefaturas Nacionales de los
Departamentos de Riesgos Tributarios, Gestión Tributaria,
Auditoría Tributaria y Grandes Contribuyentes y Fiscalidad
Internacional, las siguientes competencias:
a) Requerir información a los contribuyentes;
b) Disponer la realización de inspecciones contables;
c) Requerir la comparecencia de los sujetos pasivos a las
o cinas del Servicio de Rentas Internas; y,
d) Emitir instrumentos informativos a los sujetos pasivos
de tributos.
Artículo 4.- Delegar a los Coordinadores Nacionales
y Zonales del Departamento de Fedatarios Fiscales las
siguientes atribuciones:
a) Requerir información a los contribuyentes;
b) Disponer la realización de inspecciones contables;
c) Requerir la comparecencia de los sujetos pasivos a las
o cinas del Servicio de Rentas Internas: y,
d) Emitir autos de inicio de procedimientos administrativos
sumarios y resoluciones sancionatorias.
Artículo 5.- Delegar al Jefe Nacional del Departamento de
Inteligencia Tributaria la facultad de requerir información
a los contribuyentes.

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