Resoluciones. NAC-DGERCGC17-00000471 Refórmese La Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000355, Publicada En El Segundo Suplemento Del Registro Oficial No. 820 De 17 De Agosto De 2016 Y Sus Reformas

Número de Boletín80
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
Viernes 15 de septiembre de 2017 – 13Registro Of‌i cial Nº 80 – Suplemento
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Deróguese
la Resolución NAC-DGERCGC10-00411 publicada en el
Suplemento del Registro Of‌i cial 252 del 06 de agosto de
2010.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente resolución entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito D.M., a 08 de septiembre de 2017.
Dictó y f‌i rmó la Resolución que antecede, el Economista
Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio
de Rentas Internas, en Quito D. M., a 08 de septiembre de
2017.
Lo certif‌i co.
f.) Javier Urgilés Merchán, Secretario General (S), Servicio
de Rentas Internas.
No. NAC-DGERCGC17-00000471
EL DIRECTOR GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Ecuador establece que son deberes y responsabilidades
de los habitantes del Ecuador acatar y cumplir con la
Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad
competente, cooperar con el Estado y la comunidad en la
seguridad social y pagar los tributos establecidos por ley;
del Ecuador señala que el régimen tributario se regirá por
los principios de generalidad, progresividad, ef‌i ciencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y suf‌i ciencia recaudatoria. Se priorizarán los
impuestos directos y progresivos;
Que mediante Resolución No. NAC-
DGERCGC16-00000355, publicada en el Segundo
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 820 de 17 de agosto de
2016, y sus reformas, el Servicio de Rentas Internas expidió
las normas para la aplicación de la remisión de intereses,
multas y recargos derivados de obligaciones tributarias y
f‌i scales internas y cuotas RISE de contribuyentes en las
zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Código
Tributario, en concordancia con el artículo 8 de la Ley de
Creación del Servicio de Rentas Internas, es facultad del
Director o Directora General del Servicio de Rentas Internas
expedir las resoluciones, circulares o disposiciones de
carácter general y obligatorio necesarias para la aplicación
de las normas legales y reglamentarias;
Que es deber de la Administración Tributaria a través
del Director o Directora General del Servicio de Rentas
Internas expedir las normas necesarias para facilitar a
los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y deberes formales, de conformidad con la ley; y,
En ejercicio de las facultades legales,
Resuelve:
Reformar la Resolución No. NAC-
DGERCGC16-00000355, publicada en el Segundo
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 820 de 17
de agosto de 2016 y sus reformas
Art. ÚNICO.- En la Disposición General Cuarta de la
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000355 y sus
reformas, sustitúyase la frase: "Hasta que se complete el
pago total del capital, los pagos parciales efectuados
serán aplicados conforme lo establecido en el artículo 47
del Código Tributario y operará la remisión al presentar
la solicitud respectiva una vez que se ha cumplido con el
pago total del capital” por la siguiente: “El Servicio de
Rentas Internas de manera periódica verif‌i cará si se ha
cumplido o no con el pago total del capital a efectos de
aplicar automáticamente la remisión. En tanto se complete
el pago total del capital, los pagos parciales efectuados
serán aplicados conforme lo establecido en el artículo 47
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.-
Dado en Quito DM, a 08 de septiembre de 2017.
Dictó y f‌i rmó la Resolución que antecede, el Economista
Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio
de Rentas Internas, en la ciudad de Quito, D.M., a 08 de
septiembre de 2017.
Lo certif‌i co.-
f.) Javier Urgilés Merchán, Secretario General (S), Servicio
de Rentas Internas.
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