Resoluciones. NAC-DGERCGC17-00000471 Refórmese La Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000355, Publicada En El Segundo Suplemento Del Registro Oficial No. 820 De 17 De Agosto De 2016 Y Sus Reformas
Número de Boletín | 80 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio de Rentas Internas |
Viernes 15 de septiembre de 2017 – 13Registro Ofi cial Nº 80 – Suplemento
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Deróguese
la Resolución NAC-DGERCGC10-00411 publicada en el
Suplemento del Registro Ofi cial 252 del 06 de agosto de
2010.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente resolución entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro Ofi cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito D.M., a 08 de septiembre de 2017.
Dictó y fi rmó la Resolución que antecede, el Economista
Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio
de Rentas Internas, en Quito D. M., a 08 de septiembre de
2017.
Lo certifi co.
f.) Javier Urgilés Merchán, Secretario General (S), Servicio
de Rentas Internas.
No. NAC-DGERCGC17-00000471
EL DIRECTOR GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que el artículo 83 de la Constitución de la República del
Ecuador establece que son deberes y responsabilidades
de los habitantes del Ecuador acatar y cumplir con la
Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad
competente, cooperar con el Estado y la comunidad en la
seguridad social y pagar los tributos establecidos por ley;
Que el artículo 300 de la Constitución de la República
del Ecuador señala que el régimen tributario se regirá por
los principios de generalidad, progresividad, efi ciencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y sufi ciencia recaudatoria. Se priorizarán los
impuestos directos y progresivos;
Que mediante Resolución No. NAC-
DGERCGC16-00000355, publicada en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 820 de 17 de agosto de
2016, y sus reformas, el Servicio de Rentas Internas expidió
las normas para la aplicación de la remisión de intereses,
multas y recargos derivados de obligaciones tributarias y
fi scales internas y cuotas RISE de contribuyentes en las
zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Código
Tributario, en concordancia con el artículo 8 de la Ley de
Creación del Servicio de Rentas Internas, es facultad del
Director o Directora General del Servicio de Rentas Internas
expedir las resoluciones, circulares o disposiciones de
carácter general y obligatorio necesarias para la aplicación
de las normas legales y reglamentarias;
Que es deber de la Administración Tributaria a través
del Director o Directora General del Servicio de Rentas
Internas expedir las normas necesarias para facilitar a
los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y deberes formales, de conformidad con la ley; y,
En ejercicio de las facultades legales,
Resuelve:
Reformar la Resolución No. NAC-
DGERCGC16-00000355, publicada en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 820 de 17
de agosto de 2016 y sus reformas
Art. ÚNICO.- En la Disposición General Cuarta de la
Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000355 y sus
reformas, sustitúyase la frase: "Hasta que se complete el
pago total del capital, los pagos parciales efectuados
serán aplicados conforme lo establecido en el artículo 47
del Código Tributario y operará la remisión al presentar
la solicitud respectiva una vez que se ha cumplido con el
pago total del capital” por la siguiente: “El Servicio de
Rentas Internas de manera periódica verifi cará si se ha
cumplido o no con el pago total del capital a efectos de
aplicar automáticamente la remisión. En tanto se complete
el pago total del capital, los pagos parciales efectuados
serán aplicados conforme lo establecido en el artículo 47
del Código Tributario”.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro Ofi cial.
Comuníquese y publíquese.-
Dado en Quito DM, a 08 de septiembre de 2017.
Dictó y fi rmó la Resolución que antecede, el Economista
Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio
de Rentas Internas, en la ciudad de Quito, D.M., a 08 de
septiembre de 2017.
Lo certifi co.-
f.) Javier Urgilés Merchán, Secretario General (S), Servicio
de Rentas Internas.
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