NAC-DGERCGC19-00000002 Expídense los coeficientes de carácter general para la determinación presuntiva del impuesto a la renta por ramas de actividad económica, para el ejercicio fiscal 2018

Número de Boletín422
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
4 – Miércoles 6 de febrero de 2019 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 422
No. NAC-DGERCGC19-00000002
LA DIRECTORA GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Ecuador establece que son deberes y responsabilidades de
los habitantes del Ecuador acatar y cumplir la Constitución,
la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente,
cooperar con el Estado y la comunidad en la seguridad
social y pagar los tributos establecidos por ley;
Que conforme al artículo 226 de la Constitución de la
República del Ecuador, las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;
del Ecuador señala que el régimen tributario se regirá por
los principios de generalidad, progresividad, ef‌i ciencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y suf‌i ciencia recaudatoria y prevé que se
priorizarán los impuestos directos y progresivos;
Que el artículo 92 del Código Tributario establece que tendrá
lugar la determinación presuntiva cuando no sea posible
efectuar la determinación directa por falta de declaración del
sujeto pasivo, pese a la notif‌i cación particular que efectúe
el sujeto activo, o porque los documentos que respalden su
declaración no sean aceptables por una razón fundamental o
no presenten mérito suf‌i ciente para acreditarla;
Que el artículo 23 de la Ley de Régimen Tributario Interno,
establece la facultad del Servicio de Rentas Internas de
efectuar determinaciones presuntivas cuando el sujeto
pasivo no hubiese presentado su declaración y no mantenga
contabilidad, o cuando habiéndola presentado no estuviese
respaldada en la contabilidad, o cuando por causas
debidamente demostradas que afecten sustancialmente los
resultados no sea posible efectuar la determinación directa,
o en el caso de que el contribuyente se negare a proporcionar
los documentos y registros contables solicitados;
Que el artículo 25 de la ley ibídem establece que, en los casos
en que no sea posible realizar la determinación presuntiva
en razón de lo establecido en el artículo 24 de la misma ley,
el Servicio de Rentas Internas efectuará esta determinación
basándose en los coef‌i cientes de estimación presuntiva
de carácter general, por ramas de actividad económica,
que serán f‌i jados anualmente por el Director General del
Servicio de Rentas Internas, mediante resolución;
Que el artículo 34 de la misma ley señala que el impuesto
resultante de la aplicación de la determinación presuntiva
no será inferior al retenido en la fuente;
Que el artículo 73 del Código Tributario establece que la
actuación de la Administración Tributaria se desarrollará
con arreglo a los principios de simplif‌i cación, celeridad y
ef‌i cacia;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Código
Tributario, en concordancia con el artículo 8 de la Ley de
Directora General del Servicio de Rentas Internas expedir
las resoluciones, circulares o disposiciones de carácter
general y obligatorio necesarias para la aplicación de las
normas legales y reglamentarias;
Que es deber de la Administración Tributaria a través de la
Directora General del Servicio de Rentas Internas expedir
las normas necesarias para facilitar a los contribuyentes
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes
formales, de conformidad con la ley; y,
En ejercicio de sus facultades legales,
Resuelve:
EXPEDIR LOS COEFICIENTES DE CARÁCTER
GENERAL PARA LA DETERMINACIÓN
PRESUNTIVA DE IMPUESTO A LA RENTA POR
RAMAS DE ACTIVIDAD ECONÓMICA, PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2018
Artículo 1.- Objeto.- Se establecen los siguientes
coef‌i cientes de determinación presuntiva de impuesto a la
renta por ramas de actividad, para el ejercicio f‌i scal 2018:
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Miércoles 6 de febrero de 2019 – 5Registro Of‌i cial Nº 422 – Suplemento

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