NAC-DGERCGC19-00000049 Expídense las normas para establecer los factores de ajuste en procesos de determinación de impuesto a la renta originados en comunicaciones de diferencias y liquidaciones de pago y su forma de aplicación

Fecha de publicación28 Octubre 2019
Número de Gaceta69
Lunes 28 de octubre de 2019 – 9Registro Of‌i cial Nº 69 – Suplemento
las resoluciones, circulares o disposiciones de carácter
general y obligatorio cumplimiento, necesarias para la
aplicación de las normas legales y reglamentarias; y,
En ejercicio de sus facultades legales,
Resuelve:
Artículo. 1.- Por única vez, los sujetos pasivos que deban
presentar declaraciones y/o anexos tributarios durante el
mes de octubre de 2019, así como aquellos que deban pagar
impuestos administrados y/o recaudados por el Servicio
de Rentas Internas cuyo vencimiento, de conformidad
con la normativa vigente, corresponda al mes de octubre,
cumplirán tales obligaciones de acuerdo al siguiente
calendario, establecido en función del noveno dígito del
Registro Único de Contribuyentes (RUC) del respectivo
sujeto obligado:
NOVENO DÍGITO
DEL RUC
FECHA DE VENCIMIENTO
(hasta)
1 y 2 22 de octubre de 2019
3 y 4 23 de octubre de 2019
5 y 6 24 de octubre de 2019
7 y 8 25 de octubre de 2019
9 y 0 28 de octubre de 2019
Artículo. 2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo
precedente, los intereses o multas relacionados con las
obligaciones materia de esta Resolución, que se hubieren
cancelado hasta la fecha de entrada en vigencia de este acto
normativo, no generarán pagos indebidos.
Artículo 3.- Todas las unidades del Servicio de Rentas
Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente
Resolución dentro de sus respectivos procesos de
recaudación, determinación y control.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial y en la Gaceta Tributaria.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito D. M., a 14 de octubre de 2019.
Dictó y f‌i rmó la Resolución que antecede, la Economista
Marisol Andrade Hernández, Directora General del Servicio
de Rentas Internas, en Quito D. M., a 14 de octubre de 2019.
Lo certif‌i co.-
f.) Ing. Mónica Ayala V., Secretaria General (S), Servicio
de Rentas Internas.
NRO. NAC-DGERCGC19-00000049
LA DIRECTORA GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Ecuador establece que son deberes y responsabilidades de
los habitantes del Ecuador, acatar y cumplir la Constitución,
la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente,
cooperar con el Estado y la comunidad, y pagar los tributos
establecidos por la ley;
del Ecuador dispone que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que le sean atribuidas en la Constitución y la ley;
del Ecuador señala que el régimen tributario se regirá por
los principios de generalidad, progresividad, ef‌i ciencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y suf‌i ciencia recaudatoria. Se priorizarán los
impuestos directos y progresivos;
Que el segundo inciso del artículo 68 del Código Tributario
dispone que el ejercicio de la facultad determinadora
comprende la verif‌i cación, complementación o enmienda
de las declaraciones de los contribuyentes o responsables;
la composición del tributo correspondiente, cuando se
advierta la existencia de hechos imponibles, y la adopción
de las medidas legales que se estime convenientes para esa
determinación actuación;
Que el artículo 73 ibídem establece que la Administración
Tributaria se desarrollará con arreglo a los principios de
simplif‌i cación, celeridad y ef‌i cacia;
Que el artículo 90 del mismo Código señala que el sujeto
activo establecerá la obligación tributaria, en todos los
casos en que ejerza su potestad determinadora, directa o
presuntivamente;
Que el artículo 97 del Código de Trabajo ordena que
el empleador o empresa reconocerá en benef‌i cio de sus
trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades
líquidas;
Que el artículo 104 ibídem dispone que para la determinación
de las utilidades anuales de las respectivas empresas, se
tomarán como base las declaraciones o determinaciones
que se hagan para el efecto del pago de impuesto a la renta;
Que el artículo 23 de la Ley de Régimen Tributario Interno,
dispone que la Administración Tributaria efectuará la
determinación directa o presuntiva, conforme lo dispuesto
en el Código Tributario, en los casos en que fuere
procedente;
n p
los in
nes mat
hasta la
o gener
as las unidades del Serv
onsiderar lo d
de sus res
28 d
perjuicio de lo dispu
ntereses o multas r
eria de esta Resolu
fecha de entrada en vigenci
rarán pagos indebidos.
s unidades del Servicio de Re
r lo dispuesto en la presen
ti
puest
relacion
olución, que
rada en vigenci
rán pagos indebido
25 d
pe
int
te
a fecha de entrada en vigencia d
erarán pagos indebidos.
ddlS
n el art
dos co
l
im
Q
on l
ubieren
ste acto
s
n
d
dis
comp
ela
e el
spone
en
seg
qu
ndo
rectos
f‌i cien
y pro
tra
cia
alidad
tiva,
a rec
gimen
ad, pro
irr
uci
tribut
gr
n de
ar
de la
det
com
erta l
m
ecla
posici
e
la ver
racion
ejerc
f‌i caci
o del ar
cio
rtícul
os;
e 2
dmini
s Intern
mativa
ales ob
ablecido
de Contribuyentes (RUC)
FEC
vez, los suj
nes y/o anexos t
019, así como aquel
strados y/o recauda
as cuyo vencimie
vigente, corresponda al me
bligaciones de acuerdo
o en función de
cid
Contribuyentes (RUC) del respec
b
ellos
dados p
miento, de c
esponda al me
ligaciones de acue
f
elve
ca vez
ones
20
nist
na
vigente, corresponda al mes d
obligaciones de acuerdo al s
ido en función del noveno díg
ntribuyentes (RUC) del
s dur
deban p
el Ser
deban
nte el
paga
n
Qu
rvic
orm
octubre,
uient
o
d
c
los h
a ley
uado
abit
l a
est
rtícul
abl
83
o
nsi
DE R
RA GE
ENTA
ENER
-00
del
o
Que
pera
ablecid
las
r con
dos p
s del
s decisi
el E
q
Ecuado
one
e la Co
e son
or
onstit
rand
H
ternas
Ayala V., Secretaria Genera
oct
solución que ante
ernández, Directora G
, en Quito D. M., a 1
a V., Secretaria General (S), Serv
e
a Gen
14 de oc
4 de oct
esol
Her
s,
, Secretaria General (
Econ
l del Ser
bre de
omista
ii
Q
el e
trab
e 201
.
Q
d
Que
quida
ado
dor
ores e
lo 9
r o em
qui
7 del
pre
C
n
stad de
ributa
term
señala
aria,
o
as
marán
e ha
rtícu
utilida
com
ulo 104
des
ib
e por
recono
cient
go d
ocerá

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR