Resoluciones. NAC-DGERCGC21-00000043 Refórmese la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000014, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 154 de 04 de marzo de 2020

Número de Boletín576
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
Viernes 12 de noviembre de 2021 Segundo Suplemento Nº 576 - Registro Ocial
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RESOLUCIÓN NRO. NAC-DGERCGC21-00000043
LA DIRECTORA GENERAL
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
CONSIDERANDO:
El artículo 227 del mismo cuerpo normativo señala que la administración pública constituye un servicio a
la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarq uía, desconcentració n,
descentralización, coordinación, partici pación, planificac ión, transparencia y evaluación;
Que el artículo 90 del Código Orgánico Administrativo señala que las actividades a cargo de las
administraciones p ueden ser ejecutadas mediante el uso d e nuevas tecnologí as y medios electróni cos, en la
medida en que se respeten los principios señalados en dicho Código, se precautelen la inalterabilidad e
integridad de las actua ciones y se garanticen los derechos de las p ersonas;
Que el artículo 14 de la Ley de C omercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Me nsajes de Datos, señala los
efectos de la firma electróni ca, determinando igual validez y reconoc iendo los mismos efectos jurídicos que
la firma manuscrita, siendo admitida com o prueba en juicio;
Que el numeral 5 del artícu lo 18 de la Ley Orgánica para la Op timización y Eficienci a de Trámites
Administrativos establece como obligación de las entidades públicas el implem entar mecanismos, de
preferencia electró nicos, para la gestió n de trámites adm inistrativos, tales como la firma elect rónica y
cualquier otro que hag a más eficiente la Administració n Pública;
Que el artículo 1 del D ecreto No. 981, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 143 de fecha 14
de febrero de 2020 dispuso que es necesario usar la tecnología como un medio para facilitar la interacción
entre el gobierno, la ciudadanía, el sector público y los funcionarios públicos;
Que el artículo 4 del D ecreto ibídem dispone como parte de las obligaciones de las entidades de la Función
Ejecutiva Colaborar en la generación de instrumentos q ue sean necesarios para la aplicaci ón del Decreto”;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 17-2020, publicado Registro Oficial 244 de 13 de julio de 2020, se
determina como herr amienta obligatori a para la simplif icación de trámites, el uso de firma el ectrónica.
Además, dispone como sistema oficial para valid ación de documentos f irmados electrónicam ente, el
provisto por el Ministerio de Telecomunicaciones y de la So ciedad de la Inform ación, siendo el sistema de
FirmaEC; dispone que dicha entidad pondrá en disposición de las entidades la aplicación FirmaEC, así como
su código fuente, a fin de que las i nstituciones puedan ad ecuar sus procedimient os y sistemas informáticos
en caso de requerirlos;
Que la utilización d e servicios tecnológicos a trav és de redes de información e int ernet, constituye un medio
para el desarrollo de la socied ad y ayuda a reducir costos indirec tos para la generalidad d e los sujetos
pasivos, favoreciendo el princip io constitucional de simplicidad administrativa. Así, el Servicio de Rentas
Internas, en atención al referido principio, habilitó un nuevo servicio para la obtención automática de la
clave de acceso al portal i nstitucional, a través del uso de firm a electrónica;

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