Ordenanzas Municipales. Cantón Nangaritza: Que expide la primera reforma a la Ordenanza que establece la delimitación del área urbana de la ciudad de Guayzimi y los demás centros poblados del cantón

Número de Boletín732-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2011

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZAD DEL CANTON NANGARITZA

Considerando:

Que, el Art. 264, numeral 1) de la Constitución de la República del Ecuador, determina que es competencia exclusiva de los gobiernos municipales “Planificar el desarrollo cantonal, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural”;

Que, el literal z) del Art. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, describe que al Concejo Municipal le corresponde: “Regular mediante Ordenanza la delimitación de los barrios y parroquias urbanas tomando en cuenta la configuración territorial, identidad, historia, necesidades urbanísticas y administrativas y la aplicación del principio de equidad interbarrial”;

Que, el inciso segundo del Art. 501, del COOTAD., expresa: “los límites de las zonas urbanas serán determinadas por el Concejo mediante ordenanza, previo informe de una comisión especial conformada por el gobierno autónomo correspondiente, de la que formará parte un representante del centro agrícola cantonal respectivo”;

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de julio del 2011, el Concejo Municipal conformó la Comisión Especial, en atención al Art. 501, inciso segundo del COOTAD;

Que, mediante Of. Sin Nro., de fecha 04 de octubre del 2011, la Comisión Especial emite el informe favorable, relacionado con la delimitación urbana del cantón Nangaritza; Que, con la delimitación de las zonas urbanas, se consolida las áreas que en los últimos años se han ido conformando paulatinamente, y al mismo tiempo se define las áreas de crecimiento inmediato y mediato; y,

En uso de las facultades previstas en los Arts. 57, literal a) y 367 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide:

LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA QUE ESTABLECE LA DELIMITACION DEL AREA URBANA DE LA CIUDAD DE GUAYZIMI Y LOS DEMAS CENTROS POBLADOS DEL CANTON NANGARITZA:

Art. 1 Los nuevos límites del área urbana de la ciudad de Guayzimi, son los siguientes:

Por el Norte: Del punto No. 1 de coordenadas (N9552747, 24; E756833,40), ubicado en la intersección de la prolongación de las calles Austria y Perimetral Norte; continúa por la última calle indicada hasta interceptar la av. Jorge Mosquera en el punto No. 2 de coordenadas (N9552803,74; E756900,00); continuando por la calle Perimetral Norte, que desde...

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