Resolución 048-2013 - Refórmase la Resolución No. 166-2012, publicada en el Registro Oficial 854 de 19 de diciembre de 2012

Número de Boletín19-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2013

EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial "...." La ley determinará la organización, el ámbito de competencia, el funcionamiento de los órganos judiciales y todo lo necesario para la adecuada administración de justicia";

Que, el artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador numerales 1 y 5, dispone:"1. Definir y Ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial...5.Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial";

Que, el artículo 156 del Código Orgánico de la Función Judicial, prescribe: "Competencia es la medida dentro de la cual la potestad jurisdiccional está distribuida entre la diversas cortes, tribunales y juzgados, en razón de las personas, del territorio, de la materia, y de los grados.";

Que, la letra b) del numeral 8 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina que de acuerdo a las necesidades del servicio, al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: "b) Establecer o modificar la sede y precisar la competencia en que actuarán las salas de las cortes provinciales, tribunales penales, juezas y jueces de primer nivel...";

Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: "Expedir, modificar, derogar e interpretar obligatoriamente el Código de Ética de la Función Judicial, el Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial, los reglamentos, manuales, instructivos

o resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley...";

Que, mediante Resolución No. 166-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición, publicada en el Registro Oficial 854 de 19 de diciembre de 2012, "Se crea la Unidad Judicial Multicompetente Primera Civil de Santa Elena, la misma que determina que la mencionada Unidad, será competente en razón del territorio, para los cantones de Santa Elena y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR