Resoluciones 088-2016. Resolución 088-2016 - Nómbrese Director Técnico de Asesoría Jurídica y Cooperación Judicial Internacional de la Corte Nacional de Justicia

Número de Boletín765-Segundo Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2016

EL PLENO

DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial…";

Que, los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador señalan como funciones del Consejo de la Judicatura: "1. Definir y Ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial (…); y, 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.";

Que, el artículo 3 del Código Orgánico de la Función Judicial determina: "(…) los órganos de la Función

Judicial, en el ámbito de sus competencias, deberán formular políticas administrativas que transformen la Función Judicial para brindar un servicio de calidad de acuerdo a las necesidades de las usuarias y usuarios…";

Que, el numeral 1 del artículo 100 del Código Orgánico de la Función Judicial dispone: "Son deberes de las servidoras y servidores de la Función Judicial, según corresponda al puesto que desempeñen, los siguientes: 1. Cumplir, hacer cumplir y aplicar, dentro del ámbito de sus funciones, la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, las leyes y reglamentos generales; el Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial, los reglamentos, manuales, instructivos y resoluciones del Pleno del Consejo de la Judicatura y de sus superiores jerárquicos.";

Que, el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial expresa: "El Consejo de la Judicatura es el órgano único de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial…";

Que, el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial señala que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: "10.Expedir, modi. car, derogar e interpretar obligatoriamente el Código de Ética de la Función Judicial, el Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial, los reglamentos, manuales...

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