Resolución 13 012 - Apruébanse y oficialízanse con el carácter de voluntaria varias la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 489 (Cemento hidráulico. Determinación de la finura por tamizado seco)

Número de Boletín904-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2013

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y

PRODUCTIVIDAD

SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD

Considerando:

Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, "Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características";

Que mediante Ley No. 2007-76, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del 22 de febrero de 2007, se establece el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: "i) Regular los principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana";

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 611 del 30 de septiembre de 1987, publicado en el Registro Oficial No. 796 del 22 de octubre de 1987, se oficializó con carácter de Obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 489 CEMENTOS. DETERMINACIÓN DE LA FINURA POR TAMIZADO SECO (Primera revisión);

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 235 del 4 de mayo de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 321 del 20 de mayo de 1998, se cambió su carácter de OBLIGATORIA A VOLUNTARIA;

Que la Segunda revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario;

Que mediante Informe Técnico-Jurídico contenido en la Matriz de Revisión No. 004-ITJ-2013-N de fecha 29 de enero de 2013, se sugirió proceder a la aprobación y oficialización...

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