Oficio nº 07812 de la Procuraduria General del Estado, 07-02-2020

Fecha de la decisión07 Febrero 2020
Número de oficio07812
MateriaCONTRATACION PUBLICA - GARANTIAS
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Oficio N'
Quito, DM,
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Señor Abogado
Víclor Anchundia PIaces
SUPERINTENDENTD DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS
Cuayaquil.-
Señor Superintendente:
Me reliero a su oficio No. SCVS-INPAI-2019-000E0410-O de 28 de ocrubre de 2019, ingresado en la
Procuraduria General del Estado el 31 de los mismos mes y año, mediante el cual formuló las
siguienles consultas:
l. ¿Los adjudicrt rios de los proc€ros d€ licitación d€ seguros están obligados a la
presentrcióÍ de la gamntf¿ de fi€l cumplim¡ento d€l contrrto establecids en el ¡ñículo 74 de
Ley Orgánica del Sistems Nrcion¡l de Conlrat¡ción Públic¡?
2. ¿Considerrndo qu€ el contra(o de seguro se ¡nstrument¡ a través de la póliza, es
proc€d€nte la suscripción de otro con(rr(o bajo el modelo obligatorio est¡blecido por el
Scrvicio N¡cion¡l de Contratrción Pública en los proc€sos de licitación de seguros?
l. Aniec€dent€s.-
l.l. En forma p.evia a atender sus consultas, y a fin de contar con mayores elementos de análisis,
medianle oficio No.0ó574 de I I de noviembre de 2019, este organismo solicitó el criterio institucional
Ser!rcio Nacional de Contratación Pública (en adelanle SERCOP), lo cual fue atendido con oficio
No. SERCOP-SDG-2o19-0893-OF, de 4 de diciembre dc 2019, ingresado a este despacho el 11 de los
mismos mes y año.
1.2. EI informe j uridico de la entidad consultante, contenido en memorandoNo. SCVS-INPAI-2019-
0756-M, de 28 de octubre de 2019, suscrito por el I¡lendente Nacional de Procuraduria y Asesoía
lnstituciona¡ de ¡a Supe¡intendencia de Compañias, Valores y Seguros, cita Ios aticulos 74 de la Ley
Orgánica del Sistcma Nacional de Conlratación Públicar (en adelante LOSNCP); 107 y Disposición
Ceneral Quinla de su Reglamento General, (en adelante RGLOSNCP); así como los artículos 690 y
697 del Código de Comercior (en adelante CCo);y,584 y 585 del Código Civila (en adelante CC),
concluycndo:
lLaexcepciónparalaentregadelagaranrladefielcumplimientod€contratoprevistaenelincrso
cuarto d€l articulo 74 de Ia Ley Orgán,ca del Srstema Nacional de Contratación Pública no es
aplcable a los procesos de licitáción d€ seBuros.
2. De conformidad con la Disposición General Quinta del Reglanento G€n€ralde Ia Ley Orgánica
de¡ Sistema Nacionalde Contratación Pública, en los procesos d€ licitación de seguros, el conkato
' LOSNC P. pubhcddd ¿ñ el tupl¿nedto dd Regi¡nó O¡ddl No )9t d. 01 d¿ oeo¡tó Íb 2A(t8
: RGLOSNC P, prbl¡codo en .l Suplerento del ReSisno O¡ebl No.533 de I2 de ñat6 de 20A9.
t CCo publicado e n el Suplenentó ¿el Resistto O¡cial No. 197 ¡1. 29 d. ñoto d¿ 20 t 9
1CC, ptbhcado.¡¿t Supl¿h."to ¡bl R¿Ersrro O¡ciot No 16d.21d.Jun@d.2Oo5

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