Oficio nº 10764 de la Procuraduria General del Estado, 23-10-2020

Fecha de la decisión23 Octubre 2020
Número de oficio10764
MateriaADMINISTRATIVAS - EJERCICIO DE COMPETENCIAS
Oficio Nº 10764
Quito, DM, 23 de octubre de 2020
Señor Abogado
Cesar Augusto Ludeña Sánchez
JEFE DEL CUERPO DE BOMBEROS
DE CARIAMANGA
Cariamanga.-
Señor Jefe de Bomberos:
Me refiero a su oficio No. 023-PJ-CBCC-2020 de 3 de agosto de 2020, ingresado en la
Dirección Regional de Loja de la Procuraduría General del Estado el 5 de los mismos
mes y año, y recibido en este despacho el 20 de agosto de 2020, mediante el cual
formuló la siguiente consulta:
De acuerdo al artículo 140 inciso final del Código Orgánico de Organización
Territorial, los Cuerpos de Bomberos funcionan con autonomía administrativa y
financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativas
vigentes a las que estarán sujetos, ¿ello significa que referente al horario de
trabajo del Personal Bomberil se debe estar sujeto al Reglamento Orgánico
Operativo y de Régimen Interno y Disciplina de los Cuerpos de Bomberos del
País, conforme a los Art. 126 y Art. 130, por su carácter especial, pudiendo
aplicarse jornadas especiales de trabajo que incluyan los días sábados, domingos y
días festivos, sin necesidad de realizar el pago de horas extras.?”
1. Antecedentes.-
1.1. Con oficio No. 00963 de 23 de julio de 2020 la Dirección Regional de Loja de la
Procuraduría General del Estado solicitó a la entidad a su cargo reformular los términos
de sus consultas, inicialmente contenidas en oficio No. 019-PJ-CBCC-2020 de 9 de
julio de 2020, ingresado el 14 de los mismos mes y año, de manera que traten sobre la
aplicación general de normas y se remita el respectivo informe jurídico, lo que fue
atendido con el oficio al que se hizo referencia al inicio.
1.2. En la parte final del oficio por el que reformula la consulta, se menciona lo
siguiente:
A efectos de cumplir con lo dispuesto en los artículos 3 letra e) y 13 de la Ley
Orgánica de la Procuraduría General del Estado, al no contar con unidad jurídica en la
institución, me permito adjuntar el informe jurídico del Abogado Luis Carrasco
Dávila, quien es Jefe de la Unidad de Talento Humano del Cuerpo de Bomberos de
Cariamanga”.

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