Ordenanzas Municipales 316. Ordenanza Municipal 316 - Para el ordenamiento, organización, funcionamiento y control de las actividades del centro gastronómico
Número de Boletín | 216-Edición Especial |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 6 de Agosto de 2013 |
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LAGO AGRIO
Considerando:
Que, el numeral 11 del Art. 281 de la Constitución de la República establece como responsabilidad del Estado la soberanía alimentaria como un objetivo estratégico para garantizar a favor del consumidor, la generación de sistemas justos y solidarios de distribución, comercialización y venta de alimentos, impidiendo prácticas monopólicas y de especulación de los alimentos que demanda la ciudadanía.
Que, dentro del ordenamiento territorial urbano, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio ha destinado espacios públicos para el expendio de alimentos, promoción turística, espaciamiento social que generen bienestar a la comunidad;
Que, uno de los principios básicos para el desarrollo comercial está enmarcado dentro del concepto de la Economía Popular y Solidaria y ordenamiento urbano;
Que, las familias de la ciudad de Nueva Loja, el cantón y la provincia, desde la presente fecha dispondrán permanentemente de un lugar moderno y funcional para degustar una variedad de alimentos preparados de manera ágil y rápida;
Que, entre las funciones que le faculta al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, en los literales a), g) h), l) del artículo 54 de la COOTAD, le permite promover el desarrollo sustentable; regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal; promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial en el sector de la economía social y solidaria. Además prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas;
Que, el Art. 55, literal b), le faculta a los Gobiernos Municipales, ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
Que, con fecha 18 de junio del 2013, de conformidad con el Art. 322 y 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, habiéndose observado el trámite legal pertinente, el Alcalde del GADMLA Sancionó la Ordenanza para el Ordenamiento, Organización, Funcionamiento y Control de las Actividades del Centro Gastronómico Lago Agrio y ordenó la promulgación a través de la página WEB Municipal y el Registro Oficial;
De conformidad a lo que establece el literal b) del artículo 58 y literal d) del artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial de Autonomía y Descentralización.
Expide:
LA ORDENANZA PARA EL ORDENAMIENTO, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y CONTROL DE LAS ACTIVIDADES DEL CENTRO GASTRONÓMICO LAGO AGRIO.
NORMAS FUNDAMENTALES
G. L. A".
DEL ARRENDAMIENTO DE PUESTOS
La Comisión Especial de Adjudicación y Arrendamiento de los Locales del Centro Gastronómico Lago Agrio, estará integrada por: el Presidente o Presidenta de la Comisión de Servicios Públicos del GADMLA, quien la presidirá, un delegado o delegada por el Concejo Municipal, el Director o Directora de Servicios Públicos, el Administrador o Administradora del C.G.L.A. que actuará con voz informativa pero sin voto, y el funcionario o la funcionaria de la Sala de Concejales actuará como secretario o Secretaria de la Comisión.
De comprobarse que el o la comerciante disponga de más de un local en dicho Centro, a su nombre; o, a través de interpuesta persona, el local del C.G.L.A. será declarado vacante y revertido al GADMLA, para ser adjudicado mediante sorteo entre los postulantes que presenten la respectiva solicitud.
Para la ocupación del local asignado y su arrendamiento, el expendedor o expendedora de alimentos y sus ayudantes deberán obtener los respectivos permisos otorgados por: Dirección Provincial de Salud, Cuerpo de Bomberos, Intendencia General de Policía de Sucumbíos, patente municipal, RISE o RUC, certificado de no adeudar al GADMLA, y documentos personales previa suscripción del contrato de arrendamiento.
DE LA COMERCIALIZACIÓN Y MARKETING
El arrendatario o arrendataria y los o las ayudantes estarán con indumentaria adecuada para el expendio de los alimentos, es decir con aseo y decoro en su presentación personal; además en cada local deberán colocar en un lugar visible el menú con sus respectivos precios.
DE LA UBICACIÓN DE LOS PUESTOS DE...
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