Ordenanzas. ORDENANZA METROPOLITANA No. 004-2023-PUAE. QUE APRUEBA EL PROYECTO URBANÍSTICO ARQUITECTÓNICO ESPECIAL “SAN JOSÉ”

Número de Boletín824
SecciónOrdenanzas
EmisorCONCEJO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
Año II - Nº 824 - 76 páginas
Quito, miércoles 12 de abril de 2023
Edición Especial
CONCEJO DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO
ORDENANZA METROPOLITANA
No. 004-2023-PUAE
QUE APRUEBA EL PROYECTO
URBANÍSTICO ARQUITECTÓNICO
ESPECIAL “SAN JOSÉ”
Miércoles 12 de abril de 2023 Edición Especial Nº 824 - Registro Ocial
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ORDENANZA No. 004-2023-PUAE
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El ejercicio de las competencias exclusivas de los gobiernos municipales en materia de
planificación y gestión urbana, de acuerdo a lo determinado en los artículos 264 de la
Constitución; y, 55 y 85 del Código Orgánico de Organización y Ordenamiento Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD), corresponde a los gobiernos autónomos
descentralizados municipales o metropolitanos, definir temas relacionados al desarrollo de
las ciudades.
La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS) estableció
los principios rectores para el ejercicio de la competencia de ordenamiento territorial, uso y
gestión del suelo por parte de los gobiernos autónomos descentralizados. Entre otr os,
determinó que el desarrollo del territorio debe acogerse a los principios de sustentabilidad,
equidad territorial y justicia social y a la garantía del derecho a la ciudad, recogido en la
La Disposición Transitoria Quinta de la LOOTUGS, la mis ma que fu e sustituida por el artículo
46 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 253 de 24 de Julio del 2020,
establece que: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados adecuarán sus planes de desarrollo y
ordenamiento territorial y las ordenanzas correspondientes en el primer año luego de concluido el estado
de excepción producido por la crisis sanitaria como consecuencia del COVID19. En el caso de realizar
alguna intervención que según la normativa vigente requiera de un plan parcial, se aprobarán previo a
iniciar dicha intervenci ón.
En el esfuerzo por adecuar la planificación y gestión de la ciudad de Quito a los principios
rectores del desarrollo urbano determinados por la Constitución y la LOOTUGS, el Municipio
del Distrito Metropolitano de Quito ha avanzado en la adecuación de su marco normativo
para incorporar conceptos, procedimientos, herramientas e instrumentos que permitan un
desarrollo del territorio apegado a los principios de sustentabilidad, equidad territorial y
justicia social y a la garantía del derecho a la ciudad.
Entre los instrumentos contemplados en la normativa metropolitana vigente, Título I - Del
Régimen Administrativo del Suelo, del Libro IV.1 - Del Uso de Suelo, del Código Municipal
para el Distrito Metropolitano de Quito, se encuentran los proyectos urbanísticos
arquitectónicos especiales (PUAE), que constituyen instrumentos complementarios de
planificación, en el que se determina que éstos pueden ser de iniciativa pública o privada, que
se desarrollan en concertación con el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y que
pueden contar con determinaciones de clasificación, uso y zonificación de su elo diferentes a
las establecidos en el Plan de Uso y Ocupación de Suelo (PUOS), siempre que constituyan
aportes urbanísticos, que mejoren las contribuciones de áreas verdes y espacios públicos, la
imagen urbana y el paisaje, contribuyan a la sostenibilidad ambiental así como a la inclusión
social como ejercicio del derecho a la ciudad.
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Complementariamente, el Libro IV.1 del Código Municipal regula las condiciones específicas
en virtud de las que se calcula el pago de la Concesión Onerosa de Derechos como
contraprestación al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a los proyectos que se
beneficien de un cambio de uso de suelo y de incremento en los derechos de edificabilidad.
La concesión onerosa de derechos constituye una herramienta de financiamiento del
desarrollo urbano, en los términos de la LOOTUGS, que permite la participación de la
sociedad en los beneficios económicos producidos por la planificación urbanística, mediante
la cual el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito otorga derechos urbanísticos sujetos
a concesión onerosa y que se aplica exclusivamente a los derechos urbanísticos adicionales a
los establecidos en el PUOS y, por tanto, opera como un mecanismo de captura de plusvalía
por la revalorización del suelo derivada de su recalificación urbanística. La normativa
metropolitana vigente establece casos y condiciones específicas para el cálculo de la Concesión
Onerosa de Derechos que no se encuentran bajo la rectoría de un Plan de Uso y Gestión del
Suelo, instrumento que se expidió con posterioridad al libro IV.1. del Código Municipal.
Por otra parte, el Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PMDOT) para
el Distrito Metropolitano de Quito determina las directrices de planificación urbanística,
aprobada con Ordenanza Metropolitana No. 041 de 2015 y Ordenanza Metropolitana
PMDOT-PUGS-001-2021 sobre la consolidación del sistema de centralidades y sub-
centralidades y el sistema de centralidades policéntricas respectivamente, lo que permite tener
una serie de directrices estratégicas de planificación urbana encaminadas al desarrollo integral
del Distrito Metropolitano de Quito.
La Ordenanza Metropolitana PMDOT-PUGS-001-2021 sancionada el 13 de septiembre de
2021, del Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial que contiene el Plan
de Uso y Gestión de Suelo para el Distrito Metropolitano de Quito, establece y ratifica las
directrices urbanísticas para el desarrollo de la ciudad, y propone la gestión del suelo a través
de las herramientas de gestión establecidas en la LOOTUGS.
En la Disposición General Cuarta de la referida ordenanza se establece que todos los procesos
o trámites iniciados con anterioridad a la vigencia de la ordenanza PMDOT-PUGS-001-2021,
ante cualquier entidad municipal o colaboradora, se sujetarán a las disposiciones y
procedimientos establecidos en la normativa vigente al momento de su inicio.
De conformidad a la norma antecedente, se presenta el Proyecto Urbanístico Arquitectónico
Especial San José (PUAE San José), siendo el resultado de un proceso de concertación público
privado entre el Municipio de Quito y el propietario del predio No.104444, en el que el
promotor plantea un proyecto de escala sectorial que garantiza el pago de la contraprestación
derivada del detalle de aprovechamiento urbanístico, así como la participación de la sociedad
en los beneficios económicos producidos por la planificación urbanística y el desarrollo

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