Ordenanzas. ORDENANZA NO 004-2021 -URBANIZACIÓN. QUE REFORMA LA ORDENANZA 284 DEL PROYECTO URBANÍSTICO ARQUITECTÓNICO ESPECIAL – PUAE SAN PATRICIO

Número de Boletín836
SecciónOrdenanzas
EmisorCONCEJO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
Año II - Nº 836 - 63 páginas
Quito, jueves 20 de abril de 2023
Edición Especial
CONCEJO DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO
ORDENANZA NO 004-2021
-URBANIZACIÓN
QUE REFORMA LA ORDENANZA
284 DEL PROYECTO URBANÍSTICO
ARQUITECTÓNICO ESPECIAL – PUAE
SAN PATRICIO
Jueves 20 de abril de 2023 Edición Especial Nº 836 - Registro Ocial
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ORDENANZA No. 004-2021 - URBANIZACIÓN
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 25 de enero de 2019 se sancionó la Ordenanza Metropolitana No. 284, dando lugar a la
aprobación del Proyecto Urbanístico Arquitectónico Especial - PUAE San Patricio. El objeto
de la Ordenanza es establecer las regulaciones aplicables en materia de uso de suelo y
zonificación del Proyecto Urbanístico Arquitectónico Especial - PUAE San Patricio, que
contempla la generación de un proyecto especial con uso de suelo múltiple, que incluye
áreas residenciales, espacios turísticos, comerciales y de oficinas, así como equipamientos
públicos y privados localizados alrededor de un nuevo subcentro urbano. El proyecto
contempla igualmente la dotación de servicios públicos, planificación y dotación de
infraestructura de movilidad, áreas verdes de uso público, áreas de recreación y deporte; y,
plazas de atractivo turístico para la ciudad.”1
Esta Ordenanza, que detalla y desarrolla de forma específica las determinaciones del Plan
de Uso y Ocupación de Suelo (PUOS) vigente, constituye un plan urbanístico
complementario al amparo del artículo 31 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial,
Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS) y el artículo 2110 literal c) numeral iii) del Código
Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.
La Ordenanza Metropolitana No. 284 establece los aspectos técnicos y jurídicos del
proyecto urbano arquitectónico, así como las medidas de mitigación y aportes a la
movilidad, espacio público, ambiente y generación de vivienda social, que son de
obligatorio cumplimiento para el promotor. De igual manera, establece el cálculo y forma
de pago de la Concesión Onerosa de Derechos en favor del Municipio del Distrito
Metropolitano de Quito por la adquisición de derechos de edificabilidad.
La aprobación de la Ordenanza Metropolitana No. 284 por parte del Concejo Metropolitano
de Quito es el resultado de un proceso de concertación público privada entre el Municipio
de Quito y el promotor, que plantea un proyecto de gran escala urbana que garantiza una
distribución equitativa de cargas y beneficios, así como la participación de la sociedad en
los beneficios económicos producidos por la planificación urbanística y el desarrollo
urbano, en cumplimiento de los artículos 43, 44 y 73 de la LOOTUGS, así como de todo el
Capítulo II Sección I del Régimen del Suelo del Código Municipal para el Distrito
Metropolitano de Quito.
El PUAE se ubica en el sector de San Patricio en la parroquia de Cumbayá, con la finalidad
de aportar a la consolidación de la subcentralidad del sector, según lo definido en el Plan
Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial sancionado mediante Ordenanza
Metropolitana No. 041, de 22 de febrero del 2015. El PUAE San Patricio se estructurará con
un carácter de subcentro polifuncional complementario a la centralidad de Cumbayá, a
partir de un núcleo que conforma un nuevo centro urbano. Para contribuir al esfuerzo de
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Ordenanza Metropolitana No.284 del 25 de enero del 2019, artículo 1.
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consolidación urbana de Cumbayá, el Proyecto prevé el desarrollo de infraestructura y
facilidades de movilidad para su adecuada integración con el sistema de transporte público,
así como para garantizar la movilidad peatonal, en bicicleta y vehicular. De igual manera,
contempla el desarrollo de la red de infraestructura de servicios básicos y el desarrollo
complementario de la red verde urbana metropolitana, requeridos por el desarrollo urbano
proyectado por el PUAE San Patricio.”
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Con estas premisas y a partir de la sanción de la Ordenanza, el promotor dio inicio a la
ejecución del proyecto. En estricto cumplimiento de lo dispuesto por la norma que lo
regula, las primeras obligaciones que el promotor empezó a ejecutar son las relacionadas al
pago de la concesión onerosa de derechos (COD), en especie y en monetario; la entrega de
las áreas verdes públicas al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; y, la aprobación
del trazado vial de la Avenida Alfonso Lamiña y de la calle Río Santiago.
Pago en especie de la concesión onerosa de derechos:
La Disposición General Segunda de la Ordenanza Metropolitana No. 284 establece que: El
promotor previo a la obtención de la primera LMU10 deberá suscribir un convenio con el
Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en el cual se establezcan las condiciones
específicas para la forma de pago en especie de la Concesión Onerosa de Derechos”.
Conforme la norma antes citada y lo que establece la Disposición Transitoria Primera de la
Ordenanza Metropolitana No. 284, el 22 de marzo del 2019 se suscribió con la
Administración General del MDMQ, el convenio de pago en especie correspondiente a la
COD del PUAE. Como resultado del convenio, se generaron responsabilidades tanto para
el Promotor como para las entidades metropolitanas competentes, entre las que se
encuentran los procesos de aprobación y valoración de las especies (centro cultural y social,
equipamientos de áreas verdes públicas e infraestructura vial) que el Promotor entregará a
la Municipalidad como pago en especie de la COD.
En virtud de lo que dispone el artículo 32 de la Ordenanza Metropolitana No. 284, y
después de aplicar la fórmula según las disposiciones del artículo 2474 del Código
Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, la cuantía del convenio de pago en
especie de la COD del PUAE San Patricio es de seis millones cuatrocientos treinta y ocho
mil seiscientos diecinueve dólares con setenta y un centavos (USD$6.438.619,71). Para
garantizar el pago en especie objeto del convenio, el Promotor entregó al Municipio de
Quito una póliza de garantía por la totalidad del valor del convenio, la cual se liquidará
conforme el cumplimiento de las obligaciones por parte del promotor.
Dentro del mismo convenio se estableció el cronograma de obra de las especies que el
promotor construirá y entregará como pago de la COD. Previo a la construcción, las
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Ordenanza Metropolitana No.284 del 25 de enero del 2019, artículo 4.

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