Ordenanzas Municipales. Ordenanza de gestión, promoción y patrocinio cultural
Número de Boletín | 27-Edición Especial |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 25 de Septiembre de 2012 |
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
MERA
Considerando
Que la Constitución de la República actualmente vigent econcibe al Ecuador, como un Estado constitucional de derechos y justicia ,social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural ,plurinacional y laico, cuya soberanía radica en el pueblo.
Que el Estado garantiza sin discriminación alguna e lefectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en lo sinstrumentos internacionales, fortaleciendo la unidad nacional en l adiversidad, garantizando a los habitantes el derecho a una cultura de paz a lSumak kawsay.
Que todos los principios y los derechos son inalienables ,irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía, siend oque todas las personas tienen derecho a construir y mantener su propi aidentidad cultural, a la libertad estética, a conocer la memoria histórica d esus culturas y acceder a su patrimonio cultural, a difundir sus propia sexpresiones culturales, a tener acceso a expresiones culturales diversas, ydesarrollar su capacidad creativa y al ejercicio digno y sostenido de las actividade sculturales y artísticas.
Que el Art. 377 de la Constitución, determina que el Sistem aNacional de Cultura, tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional ,proteger y promover la diversidad de las manifestaciones culturales ,garantizando el ejercicio pleno de los derechos culturales antes descritos.
Que el Art. 380 de la Constitución de la República establec ediversas y precisas responsabilidades para el Estado en el ámbito cultural qu edeben plasmarse y hacerse viables en los correspondientes cuerpos legales de l aRepública.
Que el Estado ecuatoriano es suscriptor de diferente sconvenios internacionales, que regulan y comprometen al país como Estad omiembro, entre las cuales la más reciente, relacionada al Convenio sobr ePatrimonio inmaterial y la Convención de la UNESCO para la protección ypromoción de la diversidad de las expresiones culturales, deben ser armonizada sa las leyes infra constitucionales.
Que el Art. 54 literal q) del Código Orgánico d eOrganización Territorial y Autonomía y Descentralización determina que dentr ode las funciones de los Gobiernos Autónomos Municipales se encuentra l apromoción y patrocinio de las culturas y las artes en beneficio de la colectividad.
En uso de la facultad legislativa prevista en la Constitució ny la Ley; y, de la atribución conferida en el literal d) del artículo 54 de lCódigo Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralizació nexpide la siguiente:
ORDENANZA DE GESTIÓN, PROMOCIÓN Y
PATROCINIO CULTURAL EN EL CANTÓN MERA
ÁMBITOS, FINES Y PRINCIPIOS
Garantiza el acceso al espacio públic oy a la esfera mediática, a la formación en arte y cultura y establece la srelaciones de la cultura con la educación, la ciencia, la tecnología y e lturismo.
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Autonomí ade la Cultura.- Las personas gozan de independencia y autonomía para crear ,poner en circulación y acceder a los bienes y servicios culturales.
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Foment ode la Interculturalidad.- Se promueve la interrelación y convivencia d...
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