Ordenanzas. ORDENANZA QUE REGULA EL DERECHO AL EMPLEO PREFERENTE, INCLUSIÓN DE PERSONAS PERTENECIENTES A PUEBLOS Y NACIONALIDADES DEL CANTÓN Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE ORIGEN LOCAL

Número de Boletín1569
SecciónOrdenanzas
EmisorGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CUYABENO
Año II - Nº 1569 - 17 páginas
Quito, jueves 22 de abril de 2021
Edición Especial
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN CUYABENO
ORDENANZA QUE REGULA EL DERECHO
AL EMPLEO PREFERENTE, INCLUSIÓN DE
PERSONAS PERTENECIENTES A PUEBLOS
Y NACIONALIDADES DEL CANTÓN Y
ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE
ORIGEN LOCAL
Jueves 22 de abril de 2021 Edición Especial Nº 1569 - Registro Of‌i cial
2
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN CUYABENO
CONCEJO MUNICIPAL
TARAPOA - CUYABENO - SUCUMBÍOS - ECUADOR
1
TELEFONO:
06 373 0240 (Ext.) 131 -132
ORDENANZA Nro. 175 SECUENCIA GENERAL y Nro. 2 DEL AÑO 2021.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El cantón Cuyabeno se crea legalmente en el año 1998, pero los primeros
asentamientos de población colona datan en Tarapoa unos 45 años atrás,en que
ecuatorianos sobre todo de Loja y Manabí llegan a estas tierras en busca de
mejores días para sus familias, se encuentran con terrenos semi aptos para
agricultura y compañías petroleras que ya estaban asentadas en esta jurisdicción
territorial, en ese entonces todo este territorio pertenecía a la provincia de Napo,
ya que aún no existía la provincia de Sucumbíos a la cual hoy nos adscribimos
como Cuyabenenses.
El derecho natural de todos los humanos a superarnos hizo que lleguen cientos
de personas a esta jurisdicción territorial, lamentablemente la casi totalidad de las
compañías petroleras que han pasado por este territorio no han brindado esa
solidaridad moral y legal de preferir a los habitantes del cantón Cuyabeno para
que ocupen la mayoría de plazas sobre todo de mano de obra no calificada y en
estos años ya mano de obra calificada, productos y servicios que tenemos en la
zona, hablan de buena vecindad, pero la buena vecindad jamás puede existir al
ver que prefieren a ciudadanos de otras partes del país para darles trabajo y no a
sus “vecinos”, encarecidos en deudas y pobreza.
Este clamor ciudadano y desesperación se tradujo en que más allá del esquema
constitucional de libre contratación existan normas legales de rango orgánico que
permitan esta preferencia legal y moral para que la gente de Cuyabeno sea
preferida o tomada en cuenta frente a otros ciudadanos de otras partes del país
que llegan a ocupar plazas laborales que perfectamente pueden ser ocupadas por
ciudadanos locales; así es promulgada la Ley Orgánica para la Planificación
Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica publicada en el
Registro Oficial Suplemento 245 de 21-may-2018; de igual manera la NORMA
TÉCNICA PARA LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE EMPLEO PREFERENTE
expedida mediante Acuerdo Ministerial 40 publicado en el Registro Oficial
Suplemento 431 de 19-feb-2019, con una última modificación del 02-ago.-2019;
Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación
de Empleo y Estabilidad y Equidad Fiscal, publicada en el Registro Oficial
Suplemento 309 de 21 de agosto de 2018; a tomar en cuenta que el Art. 250 de la
Constitución de la República determina que, el territorio de las provincias
amazónicas forma parte de un ecosistema necesario para el equilibrio ambiental
del planeta. Este territorio constituirá una circunscripción territorial especial para la
que existirá una planificación integral recogida en una ley que incluirá aspectos
sociales, económicos, ambientales y culturales, con un ordenamiento territorial
que garantice la conservación y protección de sus ecosistemas y el principio del
sumak kawsay.
Por lo referido el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cuyabeno
solidario a su pueblo injustamente tratado por las diversas compañías petroleras

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