Ordenanzas. ORDENANZA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL EXPENDIO, COMPRA, PERMUTA, ENTREGA GRATUITA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y DE LA OCUPACIÓN DE BIENES O ESPACIOS DE USO PÚBLICO PARA SU CONSUMO

Número de Boletín582
SecciónOrdenanzas
EmisorGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AZOGUES
EDICIÓN ESPECIAL
Año I - Nº 582
Quito, lunes 18 de
mayo de 2020
Servicio gratuito
ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA
DIRECTOR
Quito:
Calle Mañosca 201
y Av. 10 de Agosto
Telf.: 3941-800
Exts.: 3131 - 3134
16 páginas
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GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN AZOGUES
ORDENANZA DE REGULACIÓN Y
CONTROL DEL EXPENDIO, COMPRA,
PERMUTA, ENTREGA GRATUITA DE
BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y DE LA
OCUPACIÓN DE BIENES O ESPACIOS DE
USO PÚBLICO PARA SU CONSUMO
2 – Lunes 18 de mayo de 2020 Edición Especial 582 Registro Ocial
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
La
Constitución
de
la
República,
en
su
artículo
66,2
establece
como
derecho
de
todas
las
personas
a
una
vida
digna,
así
también
el
artículo
83,7
ibídem,
estatuye
come
deberes
y
responsabilidades
de
todos
los
ciudadanos
y
ciudadanas
el
de
promover
el
bien
común
y
anteponer
el
interés
general
al
interés
particular,
conforme
al
buen
vivir.
El
Código
Orgánico
de
Ordenamiento
Territorial
Autonomía
y
Descentralización
(COOTAD),
obliga
a
los
Concejos
Cantonales
el
mantener
actualizada
y
codificada
la
normativa
local
vigente
en
cada
circunscripción
territorial,
incluso
con
la
creación
de
gacetas
normativas
oficiales
con
fines
de
información,
registro
y
codificación,
en
observancia
al
principio
de
legalidad
establecido
en
el
artículo
226
de
la
Norma
Suprema
que
señala
que
las
Instituciones
del
Estado,
deberán
ejercer
las
competencias
y
atribuciones
establecidas
en
la
Constitución
y
la
ley,
siendo
así
que
el
artículo
264
de
la
referida
Carta
Suprema
establece
como
competencia
de
los
GAD
municipales,
el
ejercer
el
control
sobre
el
uso
y
ocupación
del
suelo
en
el
Cantón
y
en
uso
de
las
facultades
normativas,
expedir
las
correspondientes
ordenanzas
cantonales.
La
sociedad
actual
entiende
como
ciudad
no
sólo
como
al
conjunto
de
edificios,
calles,
parques
y
plazas
sino
como
un
lugar
de
relación,
encuentro
y
convivencia
entre
diferentes
personas.
Además,
las
nuevas
sociedades
urbanas
incorporan
nuevos
modos
de
relación
entre
grupos
e
incrementan
la
complejidad
de
los
problemas
fruto
de
la
ocupación
del
espacio
común
y
de
la
diversidad
de
intereses.
La
convivencia
en
comunidad
es
la
base
del
progreso
humano
y
este
hecho
implica
la
aceptación
y
el
cumplimiento
de
algunas
normas
sociales
que
hacen
posible
el
ejercicio
de
los
derechos
individuales
de
las
personas
a
la
vez
que
los
hacen
compatibles
con
el
ejercicio
de
los
derechos
de
los
demás.
La
responsabilidad
compartida
de
hacer
ciudad
exige
seguir
unas
pautas
de
comportamiento
cívico
que
permitan
la
libertad
de
la
ciudadanía,
con
el
mite
esencial
del
respeto
a
los
demás,
que
preserven
el
patrimonio
urbano
y
natural,
como
también
los
bienes
públicos,
y
garanticen
la
convivencia
ciudadana
en
armonía.

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