Ordenanzas Metropolitanas. OT-002-2021-PUOS Concejo del Distrito Metropolitano de Quito: Reformatoria a los anexos del Plan de Uso y Ocupación del Suelo de la Ordenanza Metropolitana Nro. 210

Número de Boletín552
SecciónOrdenanzas Metropolitanas
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Segundo Suplemento Nº 552 - Registro Ocial
46
Martes 5 de octubre de 2021
ORDENANZA No. OT-002-2021-PUOS
Página 1 de 6
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Dentro de la Ordenanza Metropolitana Nro. 0447 sancionada el 21 de octubre del 2013,
reformatoria a la Ordenanza Nro. 0171, la línea de intención vial que correspondía a la Avenida
Intervalles en el tramo comprendido entre la Ruta Viva y la Avenida Interoceánica se aprobó con
un ancho de 12,00 metros.
Sin embargo, mediante Ordenanza Metropolitana No. 127 sancionada el 25 de julio de 2016, el
Concejo Metropolitano aprobó el cuadro Nro. 14 de derecho de vías, en el que la vía Interoceánica
consta con un ancho de 20,00 metros; así mismo en la referida Ordenanza Metropolitana se anexa
el MAPA PUOS V2 que contiene la Categorización y Dimensionamiento Vial del Distrito
Metropolitano de Quito, en el cual se ratifica el ancho de la vía gráfica.
De igual forma, la Ordenanza Metropolitana Nro. 210 de 12 de abril de 2018, que modifica las
Ordenanzas
Metropolitanas Nros. 127,192,172 432 y 060 del Distrito Metropolitano de Quito, consta en el
numeral 3 que se refiere a la Estructura Vial, Cuadro Nro. 2 Derechos de Vías, numeral 25, que la
vía Intervalles oriental y occidental tiene un derecho de vía medida desde el eje de vía de 10
metros.
Los habitantes del sector, edificaron hace varios años atrás sus viviendas considerando lo
establecido en el Mapa PUOS V1, sujetándose a un ancho de vía de 12,00 metros. Con la
aprobación del MAPA PUOS V2, los vecinos de la calle Intervalles (tramo Interoceánica-Ruta
Viva) tienen una afectación vial de 20 metros, que implicaría realizar una declaratoria de utilidad
pública y expropiación en todo el tramo.
Por su parte, la Dirección de Gestión de Vialidad del Consejo Provincial, indicó que los tramos:
Av. Interoceánica-Ruta Viva y Ruta Viva- Entrada al Balneario Cunuyacu, se encuentra en la zona
urbana consolidada del Distrito Metropolitano de Quito; por lo que el GAD Provincial de
Pichincha no tiene competencia sobre los mencionados tramos viales, en este sentido, el Concejo
Metropolitano es el encargado de aprobar que la afectación vial en este tramo, no perjudique a
los vecinos del sector y no implique una erogación de recursos para la municipalidad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR