Resoluciones 00461-DIGERCIC-DAJ-2013. Resolución 00461-DIGERCIC-DAJ-2013 - Expídense las normas de procedimiento para la emisión de pasajes aéreos nacionales e internacionales para funcionarios de la DIGERCIC

Número de Boletín78
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación
Fecha de la disposición29 de Julio de 2013

Jorge Mario Montaño Prado

DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN

Considerando:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en función de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, publicada en el Registro establece que: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación". La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, como parte de la administración pública, no debe ser ajena a estos principios;

Que, el artículo 286 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que: "Las finanzas públicas, en todos los nieles de gobierno se conducirán de forma sostenible, responsable, transparente y procurarán la estabilidad económica";

Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva dispone que: "…Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por la Ley o por Decreto..";

Que, en el artículo 21 del Decreto Ejecutivo No. 8, de 13 de agosto de 2009, publicado en el Registro Oficial No. 10 del 24 de agosto de 2009, dispone la adscripción de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación al Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información; y faculta al Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, a expedir normativa interna de carácter general;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 164 de 15 de julio de 2011, el Ing. Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, nombra a Jorge Mario Montaño Prado como Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación;

Que, el artículo 2 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación, establece que el Director General tendrá competencia nacional y le corresponderá organizar, ejecutar, vigilar, y...

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