Resolución provincial PG-CPG-001-2023 Gobierno Provincial del Guayas: Procedimiento y regulaciones de las sesiones del Consejo

Fecha de publicación17 Julio 2023
Número de Gaceta964
Lunes 17 de julio de 2023 Edición Especial Nº 964 - Registro Ocial
48
PREtFECWRA
CIUDADANA
DEL GUAYAS
RESOLUCIÓN
Nro. PG-CPG-001-2023
LA
MÁXIMA AUTORIDAD
DEL GOBIERNO
DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS
CONSIDERANDO:
Que,
la Constitución de la
República
del
Ecuador
en su Art. 238 manifiesta:
"Los
gobiernos autónomos descentralizados
gozarán de autonomía política,
administrativa y
financiera,
yse regirán por
los principios
de
solidaridad,
subsidiaridad,
equidad interterritorial,
integración y
participación ciudadana. En
ningún caso el ejercicio
de la
autonomía
permitirá la
secesión
del
territorio
nacional".
Que,
la Constitución de la
República
del
Ecuador
en su Art. 225 manifiesta: "EI
sector público comprende:
(...)
2.
Las
entidades que
integran el
régimen autónomo
descentralizado".
Que,
la Constitución de la
República
del
Ecuador
en su Art. 227 expresa: "La
administración pública constituye
un servicio ala
colectividad que
se rige
por los
desconcentración,
jerarquía,
calidad,
principios
de eficacia, eficiencia,
descentralización,
coordinación,
participación, planificación, transparencia y
evaluación".
Que,
la Constitución de la
República
del
Ecuador
en su Art. 229 dilucida:
"Serán
servidoras
oservidores públicos todas las
personas
que en cualquier
forma
oa
cualquier título trabajen, presten
servicios
oejerzan un cargo, función o
dignidad
dentro
del sector público".
Que,
el
Código Orgánico
de
Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización en
su Art. 5.-
Autonomía
manifiesta:
"La autonomía política, administrativa
y
financiera
de los
gobiernos
autónomos descentralizados y
regímenes
especiales
prevista en la
Constitución comprende e/ derecho y
la
capacidad efectiva
de
estos niveles
de
gobierno para
regirse
mediante normas
yórganos de
gobierno
propios, en
sus respectivas
circunscripciones
territoriales, bajo su
responsabilidad, sin
intervención
de otro
nivel
de
gobierno
yen beneficio de
sus
habitantes.
Esta
autonomía
se ejercerá de
manera responsable
ysolidaria. En
ningún caso
pondrá
en riesgo e/ carácter
unitario
de/
Estado
yno
permitirá
la
secesión
de/
territorio nacional.
La
autonomía política
es la
capacidad
de
cada gobierno
autónomo descentralizado para impulsar procesos
y
formas
de desarrollo
acordes
ala historia, cultura
ycaracterísticas propias
de la
circunscripción
territorial, Se expresa
en e/
pleno ejercicio
de las
facultades normativas
y
ejecutivas sobre
las
competencias
de su
responsabilidad;
las
facultades que
de
manera concurrente
se
vayan
asumiendo; la
capacidad
de emitir políticas
públicas
territoriales; la elección directa que los
ciudadanos hacen
de
sus
autoridades mediante
sufragio
universal, directo y
secreto; y, e/
ejercicio
de
la
participación ciudadana.
Prefectura del Guayas,
General Juan Illingworth
108,
Guayaquil 090316
Contacto:
(593-04) 2511-677 www.guayas.gob.ec
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Lunes 17 de julio de 2023 Registro Ocial - Edición Especial Nº 964
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PREFECTURA
CIUDADANA
DEL GUAYAS
La
autonomía administrativa
consiste en
el pleno ejercicio
de la facultad de
organización y
de gestión de
sus
talentos
humanos y
recursos materiales para
e/ ejercicio
de
sus competencias ycumplimiento
de
sus
atribuciones, en
forma
directa odelegada,
conforme a10
previsto
en
la
Constitución y
la ley.
La
autonomía financiera
se
expresa
en e/
derecho
de
los gobiernos autónomos
descentralizados
de
recibir
de
manera
directa predecible,
oportuna,
automática ysin condiciones los recursos
que les corresponden
de su
participación
en
e/ Presupuesto General
de Estado,
así
como
en la
capacidad
de
generar yadministrar sus propios
recursos, de
acuerdo a10
dispuesto en
la
Constitución y
la ley.
Su
ejercicio
no
excluirá
la
acción
de
los organismos nacionales
de control
en
uso de
sus facultades
constitucionales
ylegales",
Que, el Código Orgánico
de
Organización
Territorial,
Autonomía y
Descentralización,
en el artículo
316
establece 10
siguiente:
"Art. 316.- Sesiones.- Los
órganos
legislativos
de
los gobiernos autónomos
descentralizados,
tendrán
cuatro clases de
sesiones:
1.
Inaugural;
2. Ordinaria:
3. Extraordinaria;
y,
4
Conmemorativa.
Las sesiones
de
los distintos niveles
de
los gobiernos autónomos
descentralizados seránpúblicas ygarantizarán e/ ejercicio
de la
participación
a
través de
los mecanismos
previstos en la
Constitución y
la Ley. De
considerarlo necesario,
los consejos yconcejos podrán sesionar
fuera de la
sede
de su
gobierno territorial
previa
convocatoria del
ejecutivo respectivo
realizada
con
al menos cuarenta yocho horas
de
anticipación".
Que, en la
Ley de
Comercio
Electrónico,
Firmas
Electrónicas
yMensajes
de
Datos
en
su Art.
13 indica: "Firma Electrónica.
-Son
los
datos en
forma
electrónica
consignados en un
mensaje
de datos,
adjuntados ológicamente asociados al
mismo,
yque puedan
ser
utilizados
para
identificar al titular
de
la
firma
en relación
con
el mensaje
de datos,
eindicar
que
el titular
de
la
firma
aprueba y
reconoce la
información contenida en el mensaje
de
datos".
Que, tomando
como
antecedente el
decreto
Ejecutivo No. 1052,
se da inicio
con
los procesos telemáticos
de trabajo
yreuniones virtuales por motivos
de
la
pandemia del COVID-19; acogiendo
una
nueva
modalidad
de trabajo que se
mantiene
hasta
la actualidad.
Que, en la
Ley para
la Optimización yEficiencia
de
Trámites Administrativos en
su
Art. 3de
Principios, además
de
10
establecido
en el artículo
227 de
la Constitución
de
la
República,
la naturaleza
de
los trámites
administrativos, entre
sus principales
tenemos:
Esta Ley tiene por
objeto
disponer la
optimización
de
"Art. 1.- Objeto.
trámites
administrativos, regular su
simplificación y
reducir
sus
cost
Prefectura
del
Guayas,
General Juan Illingworth 108, Guayaquil
090316 Contacto:
(593-04) 2511077 www.guayas.gob.ec
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