Acuerdos 14 264. Expídese el porcentaje mínimo de integración de partes y piezas para motocicletas para el año 2014 a ser aplicado en el registro y operación de empresas ensambladoras de motocicletas

Número de Boletín313-Primer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2014

EL MINISTRO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD

Considerando:

Que, el Art. 277 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que, serán deberes generales del Estado, entre otros, dirigir, planificar y regular el proceso de desarrollo, el producir bienes, crear y mantener infraestructura;

Que, de conformidad con lo que dispone el numeral 1 del Artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, a los ministros de Estado les corresponde "Ejercer la rectoría de las políticas públicas a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";

Que, el Plan Nacional de Buen Vivir, publicado en el ROS 78 de 11 de septiembre de 2013, contempla entre sus objetivos impulsar la transformación de la matriz productiva y dentro de las políticas y lineamientos estratégicos para alcanzarlo incluye el diversificar y generar mayor valor agregado en la producción nacional;

Que, entre las finalidades del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, promulgado en el Registro Oficial Suplemento 351 de 29 de diciembre de 2010; se contemplan la transformación de la Matriz Productiva y potenciar la sustitución estratégica de importaciones, para que la industria nacional sea de mayor valor agregado, potenciadora de servicios, basada en el conocimiento y la innovación; así como ambientalmente sostenible y ecoeficiente;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 592, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 191 de 15 de octubre de 2007, se expidió la reforma al Arancel Nacional de Importaciones;

Que, el Comité de Comercio Exterior mediante Resolución 59 publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 859 de 28 de diciembre de 2012 y que entró en vigencia el 1 de enero de 2013; emitió el Arancel del Ecuador, que derogó el Decreto Ejecutivo No. 592.

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 10 484, el Ministerio de Industrias y Productividad, reguló las actividades de las empresas ensambladoras clasificadas y estableció el registro de empresas ensambladoras en el País facultándolas a importar material CKD para ensamblaje;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 12 392, publicado en el Registro Oficial No. 777 de 29 de agosto de 2012, se estableció el Registro de personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad de...

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