Ordenanzas Municipales. Cantón Biblián: Sustitutiva de la Ordenanza que regula la obligación de presentar el certificado de solvencia municipal por parte de los usuarios que residen en el cantón, y que realizan trámites en cualquier institución pública o privada
Número de Boletín | 15 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 16 de Mayo de 2013 |
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BIBLIÁN
Considerando:
Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que los gobiernos autónomos descentralizados, gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana;
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el literal a) del Art. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establecen que los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;
Que, el Art. 83 de la Constitución de la República el Ecuador, dice: "son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley:" numeral 15. "Cooperar con el Estado y la comunidad en la seguridad social, y pagar los tributos establecidos por la ley";
Que, es deber del Concejo Municipal implementar un mecanismo para efectivizar el cobro de los tributos y sanear la cartera vencida de la Municipalidad;
Que, un principio de convivencia social de las personas es cumplir sus obligaciones para con el Estado para así mismo exigir los derechos que le corresponden, y que en cada gestión administrativa, en las diferentes instituciones públicas y privadas, el ciudadano debe demostrar que ha cumplido sus obligaciones para con el Municipio local presentando su certificado de no adeudar a la institución; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 264, de la Constitución de la República y el Art. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
Expide:
LA ORDENANZA SUSTITUTIVA DE LA ORDENANZA QUE REGULA LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL CERTIFICADO DE SOLVENCIA MUNICIPAL POR PARTE DE LOS USUARIOS QUE RESIDEN EN EL CANTÓN, Y QUE REALIZAN TRÁMITES EN CUALQUIER INSTITUCIÓN PÚBLICA O PRIVADA.
Todas las dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social; las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado; los organismos y entidades creadas por la...
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