Resoluciones 011. Modifícase la Resolución Administrativa 016 de 20 de marzo de 2013 y el formato de la Providencia de Legalización de Territorios Ancestrales para Comunas, Comunidades, Pueblos y Nacionalidades

Número de Boletín270-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2014

EL SUBSECRETARIO DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Capítulo Cuarto reconoce para las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades Indígenas, en su artículo 57, numeral 5: "Mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita."

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador señala: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación".

Que, el artículo 321 de la Constitución de la República del Ecuador determina que el Estado reconoce y garantiza el Derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta y que deberá cumplir la función social y ambiental;

Que, el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Agrario establece las siguientes funciones del Director Ejecutivo del INDA, actual Subsecretario de Tierras y Reforma Agraria: "3) Otorgar títulos de propiedad de las tierras que estén en posesión de personas naturales o jurídicas que tengan derecho para ello, y 4) Adjudicar las tierras que forman parte del patrimonio del INDA, ahora Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria;

Que, el artículo 49 de la Ley de Desarrollo Agrario establece: Legalización.- El Estado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR