Ordenanzas Provinciales. Provincia de Manabí: Que articula la veeduría permanente de control de los permisos de aprovechamiento forestal y declaratoria de la política provincial de repoblamiento forestal para conservación de los ecosistemas

Número de Boletín1417
SecciónOrdenanzas Provinciales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 23 de diciembre de 2020 – 15Registro Ocial Edición Especial 1417
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ORDENANZA QUE ARTICULA LA VEEDURÍA PERMANENTE DE CONTROL
DE LOS PERMISOS DE APROVECHAMIENTO FORESTAL EN LA
PROVINCIA DE MANABÍ Y DECLARATORIA DE LA POLÍTICA PROVINCIAL
DE REPOBLAMIENTO FORESTAL PARA CONSERVACIÓN DE LOS
ECOSISTEMAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución de la República del Ecuador otorga mayor autonomía y
descentralización a los gobiernos autónomos descentralizados, con el objetivo
soberano, de que estos niveles de gobierno instauren políticas públicas de acuerdo a
sus realidades socioeconómicas y culturales.
Como establece la Constitución, es de interés público la preservación del ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados, en ese mismo orden de ideas, la Carta Magna otorga la
competencia de la gestión ambiental provincial a los Gobiernos Provinciales.
Del mismo modo, la Carta Fundamental Ecuatoriana, reconoce principios ambientales y
políticas de gestión ambiental, que deben ser de obligatorio cumplimiento por parte del
Estado en todos sus niveles de gobierno y por todas las personas naturales o jurídicas
en el territorio nacional.
Los gobiernos autónomos descentralizados tienen la finalidad de recuperar y conservar
la naturaleza y el mantenimiento de un ambiente sostenible y sustentable.
Las áreas protegidas son reconocidas mundialmente como la principal estrategia para
la conservación de la diversidad biológica o biodiversidad. Al mismo tiempo,
contribuyen al bienestar humano y a la reducción de la pobreza, puesto que ayudan a
conservar los recursos naturales y a mantener los servicios ambientales que sustentan
la vida de millones de personas.
En consecuencia, las áreas protegidas no solo aportan a conservar ecosistemas,
especies y diversidad genética sino que también suministran múltiples servicios
ambientales para las poblaciones rurales y urbanas, tales como: protección y
regulación de recursos hídricos, regulación del clima, protección de los suelos,
prevención de desastres naturales, protección de la belleza paisajística y provisión de
atractivos naturales y culturales; y, conservación de espacios para expresiones
religiosas y espirituales.
Intrínsecamente, el ejercicio de las competencias de gestión ambiental, el ambiente y la
corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un
sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la
defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria
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ORDENANZA QUE ARTICULA LA VEEDURÍA PERMANENTE DE CONTROL
DE LOS PERMISOS DE APROVECHAMIENTO FORESTAL EN LA
PROVINCIA DE MANABÍ Y DECLARATORIA DE LA POLÍTICA PROVINCIAL
DE REPOBLAMIENTO FORESTAL PARA CONSERVACIÓN DE LOS
ECOSISTEMAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución de la República del Ecuador otorga mayor autonomía y
descentralización a los gobiernos autónomos descentralizados, con el objetivo
soberano, de que estos niveles de gobierno instauren políticas públicas de acuerdo a
sus realidades socioeconómicas y culturales.
Como establece la Constitución, es de interés público la preservación del ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados, en ese mismo orden de ideas, la Carta Magna otorga la
competencia de la gestión ambiental provincial a los Gobiernos Provinciales.
Del mismo modo, la Carta Fundamental Ecuatoriana, reconoce principios ambientales y
políticas de gestión ambiental, que deben ser de obligatorio cumplimiento por parte del
Estado en todos sus niveles de gobierno y por todas las personas naturales o jurídicas
en el territorio nacional.
Los gobiernos autónomos descentralizados tienen la finalidad de recuperar y conservar
la naturaleza y el mantenimiento de un ambiente sostenible y sustentable.
Las áreas protegidas son reconocidas mundialmente como la principal estrategia para
la conservación de la diversidad biológica o biodiversidad. Al mismo tiempo,
contribuyen al bienestar humano y a la reducción de la pobreza, puesto que ayudan a
conservar los recursos naturales y a mantener los servicios ambiental es que sustentan
la vida de millones de personas.
En consecuencia, las áreas protegidas no solo aportan a conservar ecosistemas,
especies y diversidad genética sino que también suministran múltiples servicios
ambientales para las poblaciones rurales y urbanas, tales como: protección y
regulación de recursos hídricos, regulación del clima, protección de los suelos,
prevención de desastres naturales, protección de la belleza paisajística y provisión de
atractivos naturales y culturales; y, conservación de espacios para expresiones
religiosas y espirituales.
Intrínsecamente, el ejercicio de las competencias de gestión ambiental, el ambiente y la
corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un
sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la
defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria

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