Proyecto del Cuarto Libro del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público(Cod. AN-2014-111 / 172711)

Fecha04 Abril 2014
Fecha de registro04 Abril 2014
Autor de la iniciativaCORREA DELGADO RAFAEL(PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR / PRESIDENCIA DEL ECUADOR)
EmisorComisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana
EstatusPublicado
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Oficio No. T. 6906- SGI-14-246
Quito, 3 de abril de 2014
Seflora
Gabriela Rivadeneira Burbano
PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA NACIONAL
En su despacho
De mi consideraci6n:
PRESIDEN,,W "^RE,P UBLICA
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i rr6mite 1727 I I
codiqo validdci6n CGEM 2 ROL71"l
Tipo de doilmento OFICIo
Fedrd reepci6n 04-abr 2014 13:s7
Nurneraci6n t.6S06_sgj_14-246
doilmento
Feda ofido 03-dbr2014
Rcmitente CORREA DELGADO RAFAEL
Raz6n social PRESIDENCIA DE LA
REPUBLICA
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De conformidad con 1o previsto en el numeral 2 del articulo 134 de la Constituci6n de la
Repirblica, en concordancia con el numeral 2 del artictlo 54 de la Ley Org{nrca de la Funci6n
Legislativa, envio a la Asamblea Nacional el proyecto del CUARTO LIBRO DEL CODIGO
ORGANICO DE LAS ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN
PUBLICO, asi como la correspondiente exposici6n de motivos, para su conocimiento, discusi6n
y aprobaci6n.
Con sentimientos de mi distinguida consideraci6n y estima.
Atentamente,
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Palacio de Carondelet Garcia Moreno 1043 y Chile. Te|fs.3827000
www. presidencia. gov.ec
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
EXPOSICI6N DE MOTIVOS
IVLIBRO DEL C6DIGO ORGANICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA
El Gobierno Nacional se encuentra generando nuevos paradigmas de seguridad,
enfocSndose en la seguridad integral, lo cual permitir6 cumplir con el mandato
Constitucional establecido en el articulo 3, numeral B, que manifiesta: "Garantizar a sus
habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y avivir en una sociedad
democrdtica y libre de corrupci6n."
En el proyecto de C6digo Orgdnico que se encuentra en anilisis en la Asamblea y que
contiene tres libros y se homologan los aflos de servicio a los que vigentes para los
miembros de FFAA y Policfa Nacional, en esa misma lfnea de trabajo, en el IV Libro
tambi6n nos enmarcamos a establecer cuerpos jerarquizados, con grados que contarSn
con denominaciones diferentes pero ser6n equivalentes entre si en aflos de servicio y
remuneraciones, esto como principio bSsico de homologaci6n y para posibilitar, como una
transitoria, el traspaso de personal de FFAA, que quisiesen integrar estos nuevos cuerpos
civiles de seguridad.
La homologaci6n considera un principio biisico de equidad y reconocimiento a la delicada
y fundamental labor que cada una de las entidades realiza en el control de contrabando,
control de trdnsito, cuidado de Personas Privadas de Libertad y cuidado de la naturaleza;
por ende se crea y regula una carrera, homologando el ingreso, formaci6n, capacitaci6n y
asensos, con un mismo sistema, que atiende a normas uniformes en su r6gimen
disciplinario, promoci6n, estabilidad y evaluaci6n.
Este IV Libro permitird homologar y fortalecer a 4 entidades que ya est6n creadas en
varias normas vigentes como son:
Unidad de Vigilancia Aduanera, creada en el C6digo 0rg6nico de Ia
Producci6n, Comercio e Inversiones, COPCI;
Comisi6n de Trinsito del Ecuador, creada en la Ley Org6nica de Transporte
Terrestre, Tr6nsito y Seguridad Vial;
Los Gufas Penitenciarios [Agentes de Tratamiento Penitenciario), creados
por Ia C6digo Orgdnico de Rehabilitaci6n Social; y,
La Guardia Forestal, creada en la Ley Forestal y de Conservaci6n de Areas
Naturales y Vida Silvestre.
Este IV Libro considera tambi6n a las entidades de
Descentralizados, pero exclusivamente en los aspectos que los Gobiernostou,uno.no,
homorogarr,,Xf'.',, .l
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
r6gimen disciplinario, a fin de respetar el COOTAD; asf como las ordenanzas municipales
que rigen la actuaci6n de estas instituciones, por tal raz6n,la homologaci6n que se ha
previsto tanto en carrera como a nivel salarial no se la aplicar6 de la misma forma a las
entidades que dependen de Gobiernos Descentralizados.
Se clarifica en este IV Libro, que las entidades de seguridad que se homologan,
corresponde a entidades conformadas por servidoras y servidores civiles, lo que no se
contrapone con Ia creaci6n de una carrera operativa, especializada, t6cnica jerarquizada,
disciplinada, con rectoria de cada Instituci6n competente, con la posibilidad de tener y
portar armas, de acuerdo a la naturaleza y el servicio que cada una de ellas presta; por
ende las y los servidores pfiblicos se regirdn por las normas de la Ley Orgdnica de Servicio
Priblico.
En cuanto a la formaci6n de los miembros de las entidades, se aspira que se cuente con
contenidos acad6micos avalados por el SENECYT, mientras tanto cada una de las
instituciones rectoras, podr6 establecer convenios con universidades o escuelas
polit6cnicas, para otorgar los tftulos correspondientes.

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