Proyecto de Ley para Contribuir a Mitigar los Efectos de la Crisis y Reformatoria a Varios Cuerpos Legales, Como Consecuencia de la Pandemia Causada por el COVID-19(Cod. AN-2020-1826 / AN-PR-2020-0029-M)

Fecha de registro09 Abril 2020
Fecha09 Abril 2020
Autor de la iniciativaMARIN AGUIRRE ANA BELEN(ASAMBLEISTA / ASAMBLEA NACIONAL )
EmisorComisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa
EstatusPublicado
Latacunga, 11 de abril de 2020
Ingeniero.
Cesar Litardo Caicedo
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR
En su despacho:
ASUNTO: ““Proyecto de Ley para Contribuir a la Reactivación Productiva y Económica y Mitigar
los Efectos de la Crisis Generada por la Pandemia Causada por el Covid-19”.
En alcance al oficio remitido por correo electrónico el 9 de abril de 2020 y una vez inco rporadas las
observaciones realizadas por parte de la Unidad de Técnica Legislativa al proyecto presentado,
adjunto al presente sírvase encontrar el texto final del proyecto denominado “Proyecto de Ley para
Contribuir a la Reactivación Productiva y Económica y Mitigar los Efectos de la Crisis Generada
por la Pandemia Causada por el Covid-19” el mismo que lo he presentado oportunamente con el
número de firmas de acuerdo a los lineamientos establecidos durante la emergencia sanitaria, a
través de correos electrónicos remitidos desde las cuentas institucionales de los Asambleístas y al
amparo de lo establecido en el artículo 134 de la Constitución de la República del Ecuador, en
concordancia con lo previsto en los artículos 54 y 55 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa,
remito para su conocimiento y trámite correspondiente.
Aprovecho la oportunidad para reiterar a usted mis sentimientos de consideración y estima.
Atentamente,
Ing. Ana Belén Marín
ASAMBLEÍSTA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
PROYECTO DE LEY PARA CONTRIBUIR A LA REACTIVACIÓN PRODUCTIVA Y ECONÓMICA
Y MITIGAR LOS EFECTOS DE LA CRISIS GENERADA POR LA PANDEMIA CAUSADA POR EL
COVID-19
MOTIVACIÓN
El 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud - OMS declaró que el nuevo brote
de coronavirus es una emergencia de salud pública de importancia mundial. En el Ecuador,
siguiendo la recomendación del Comité de Emergencia, el Director General de la OMS, doctor
Tedros Adhanom Gh ebreyesus, declaró al brote del nuevo coronavirus (2019-nCoV) como una
emergencia de salud pública de importancia internacional.
Ante la crisis sanitaria, la OMS pidió a la comunidad internacional brindar apoyo a los países de
bajos y medianos ingresos para permitir su respuesta a este evento, así como para facilitar el
acceso a diagnósticos, posibles vacunas y tratamientos; insistió que los países deben hacer
hincapié en la reducción de la infección humana, la prevención de la transmisión secundaria y
la propagación internacional, y contribuir a la respuesta internacional a través de la
comunicación y la colaboración multisectorial con una participación activa, que nos permita
aumentar el conocimiento sobre el virus y la enfermedad, así como avanzar en la investigación.
El Subdirector de la Organización Panamericana de la Salud - OPS afirmó que “la declaración
significa que el nivel de alerta sigue como muy elevado. La Organización, en su evaluación de
riesgos, ya había indicado que había un riesgo muy alto para China, para sus países limítrofes, y
un alto riesgo para todos los países del mundo especialmente un alto nivel para las Américas.
Indicó que con esta declaración se pueden movilizar más recursos internacionales para actuar
en China, con el gobierno, para interrumpir la transmisión donde está ocurriendo”.
El 11 de marzo de 2020, la Ministra de Salud Pblica expidió el Acuerdo Ministerial 126-2020
mediante el cual declaró el Estado de Emergencia Sanitaria para impedir la propagación del
COVID-19 y prevenir un posible contagio masivo de la poblaci ón; seala que se informará a la
Autoridad de Control Migratorio para que adopte las medidas preventivas pertinentes con
respecto a los ciudadanos que ingresen y salgan del territorio ecuatoriano; y, con Decreto
Ejecutivo No. 1017 de 16 de marzo de 2020, el Presidente Constitucional de la Repblica del
Ecuador, declaró Estado de Emergencia en Territorio Nacional ante el brote del Coronavirus
(COVID-19).
La situación económica del país está en una profunda crisis, derivada de la declaratoria del
estado de emergencia sanitaria, que incluye:
Suspensión del derecho a la libertad de tránsito y a la libre asociación y reunión
Limitaciones de movilización exclusivamente para atender temas emergentes, justificados y
con la presentación de los respectivos salvoconductos
Cierre de prácticamente todo el sector comercial y empresarial
Limitación del trabajo presencial a aquellas áreas en las que sea imprescindible
Impulso del “teletrabajo” como herramienta para continuar la gestión pública y privada en
las áreas que su aplicación y condiciones lo permitan
Implementación del Plan Educativo Covid-19, que se convertirá en ofertas permanentes de
educación virtual y semi presencial para el Sistema Educativo Nacional, para todos los
niveles y todas las edades, adaptado a la realidad de población.
Adicionalmente, producto de medidas similares implementadas a nivel mundial, el consumo del
petróleo ha disminuido, lo cual ha incidido en una considerable baja del precio del barril de
petróleo, principal fuente de ingresos del país. El Presupuesto General del Estado se aprobó con
un precio por barril de US$52; y, al 8 de abril de 2020, se comercializó a US$ 24,97 el barril WTI,
valor al que se debe considerar además un castigo de entre 4 a 8 dólares para nuestro crudo,
cifra que no alcanza a cubrir los precios de extracción del petróleo, incurriendo como país en un
gasto por la actividad petrolera, lo que ahonda el déficit presupuestario.
Es necesario implementar cambios normativos que permitan dar viabilidad al nuevo estilo de
vida ocasionado por el confinamiento y cuarentena, tanto en los aspectos productivo, laboral, de
salud, educación, telecomunicaciones y compras públicas, incluyendo en la normativa la
definición y actuación de cada uno de los entes del estado frente a estas amenazas.
Por lo expuesto y en uso de mis atribuciones constitucionales y con la finalidad de brindar las
garantías normativas que permitan el desarrollo de l as actividades durante y posterior a
cualquier emergencia nacional, que amenace el normal desarrollo de las actividades de la
población, en todos sus ámbitos, pongo a consideración el PROYECTO DE LEY PARA
CONTRIBUIR A LA REACTIVACIÓN PRODUCTIVA Y ECONÓMICA Y MITIGAR LOS EFECTOS DE
LA CRISIS GENERADA POR LA PANDEMIA CAUSADA POR EL COVID-19

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