Fe de erratas. A la publicación del Acuerdo Ministerial No. 115, emitido por el Ministerio del Ambiente, efectuada en la Edición Especial del Registro Ofi cial No. 982 de 28 de marzo de 2017

Número de Boletín416
SecciónFe de erratas
Martes 29 de enero de 2019 – 47Registro Of‌i cial Nº 416
“Estudio de Impacto Ambiental Ex post de la UNIDAD
ONCOLÓGICA SOLCA TUNGURAHUA”, ubicado en la
provincia de TUNGURAHUA, continúe con el proyecto.
En virtud de lo expuesto, la UNIDAD ONCOLÓGICA
SOLCA TUNGURAHUA se obliga a:
1. Cumplir estrictamente lo señalado en el Plan de
Manejo Ambiental aprobado, para la UNIDAD
ONCOLÓGICA SOLCA TUNGURAHUA”, ubicado
en TUNGURAHUA, AMBATO, IZAMBA.
2. Utilizar en el desarrollo del proyecto, procesos y
actividades, tecnologías y métodos que atenúen, y
en la medida de lo posible prevengan los impactos
negativos al ambiente.
3. Presentar las Auditorías Ambientales de
Cumplimiento, de conformidad con lo establecido en
el artículo 269 del Libro VI del Texto Unif‌i cado de
Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente,
emitido mediante Acuerdo Ministerial Nº. 061 de 07
de abril de 2015, publicado en la Edición Especial Nº.
316 del Registro Of‌i cial de 04 de mayo de 2015.
4. Obtener el registro de Generador de desechos
peligrosos y especiales bajo los procedimientos
establecidos por el Ministerio del Ambiente, de
conformidad con el Libro VI del Texto Unif‌i cado de
Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente,
emitido mediante Acuerdo Ministerial Nº. 061 de 07
de abril de 2015, publicado en la Edición Especial Nº.
316 del Registro Of‌i cial de 04 de mayo de 2015.
5. Realizar los monitoreos conforme lo establecido en
el Plan de Manejo Ambiental aprobado, la normativa
ambiental vigente y/o lo dispuesto por la Autoridad
Ambiental Competente; y, presentar el respectivo
informe al Honorable Gobierno Provincial de
Tungurahua.
6. Informar of‌i cialmente al Honorable Gobierno
Provincial de Tungurahua el cierre de las operaciones
y/o abandono del área, para que se disponga las
acciones pertinentes.
7. Reportar en un plazo no mayor a 24 horas al Honorable
Gobierno Provincial de Tungurahua situaciones de
emergencia, accidentes o incidentes que puedan
tener repercusiones ambientales de cualquier grado y
magnitud.
8. Informar al Honorable Gobierno Provincial de
Tungurahua en caso de ampliación o modif‌i cación del
proyecto, obra o actividad, en cualquiera de sus fases;
y, contar con la respectiva autorización
9. Proporcionar al personal técnico del Honorable
Gobierno Provincial de Tungurahua, todas las
facilidades para llevar a efecto los procesos de
monitoreo, control y seguimiento al cumplimiento
del Plan de Manejo Ambiental aprobado, normativa
ambiental vigente y demás obligaciones que demanden
del presente permiso; durante la ejecución del proyecto
y materia de otorgamiento de esta licencia.
10. Mantener vigente la Garantía de f‌i el cumplimiento
al Plan de Manejo Ambiental durante la vida útil del
proyecto, siendo entera responsabilidad del regulado
la actualización oportuna de este documento; y,
11. Cumplir con la normativa ambiental nacional y local
vigente.
El plazo de vigencia de la presente Licencia Ambiental
es desde la fecha de su expedición hasta el término de la
ejecución del proyecto.
El incumplimiento de las disposiciones y obligaciones
determinados en la Licencia Ambiental causará la
suspensión o revocatoria de la misma, conforme a lo
establecido en la legislación que la rige, se la concede a
costo y riesgo del interesado, dejando a salvo derechos de
terceros.
La presente Licencia Ambiental se rige por las
disposiciones de la normativa ambiental vigente, según
derecho corresponda.
De la aplicación de esta Resolución encárguese al
Honorable Gobierno Provincial de Tungurahua.
Notifíquese con la presente Resolución al Representante
Legal de la UNIDAD ONCOLÓGICA SOLCA
TUNGURAHUA, y publíquese en el Registro Of‌i cial por
ser de interés general.
Se dispone el registro de la Licencia Ambiental en el
Registro Nacional de Fichas y Licencias Ambientales.
Comuníquese y publíquese.
DADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DEL
DELEGADO DE LA MÁXIMA AUTORIDAD DEL
HONORABLE GOBIERNO PROVINCIAL DE
TUNGURAHUA, A LOS VEINTE Y SIES DÍAS
DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO (26/09/2018).
f.) Ing. Fernando Naranjo Lalama, Prefecto Provincial de
Tungurahua.
GOBIERNO PROVINCIAL DE TUNGURAHUA.-
DIRECCIÓN GESTIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL.-
Certif‌i co que la presente es f‌i el copia del original que
reposa en esta secretaría. f.) Ilegible.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
FE DE ERRATAS
Of‌i cio Nro. MAE-CGJ-2018-1066-O
Quito, D.M., 27 de diciembre de 2018
Asunto: Fe de erratas
Señor Ingeniero
Hugo Del Pozo Berrazueta
Director del Registro Of‌i cial del Ecuador
REGISTRO OFICIAL DEL ECUADOR
En su Despacho
De mi consideración:
Con un saludo cordial, solicito a usted se sirva autorizar
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